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La Junta Electoral Central prohíbe a TV3 y Catalunya Radio usar las palabras “exilio” o “presos políticos”

Entiende que vulneran la “neutralidad informativa” en respuesta a una denuncia interpuesta por Ciudadanos.

Imagen de la manifestación independentista de Madrid del pasado 16 de marzo. (Foto: Cristina Bejarano)
Imagen de la manifestación independentista de Madrid del pasado 16 de marzo. (Foto: Cristina Bejarano)larazon

La Junta Electoral provincial de Barcelona ha decidido este jueves prohibir expresamente a TV3 y Catalunya Ràdio, los medios públicos de la Generalitat, expresiones como”exilio”,“presos políticos” o”juicio a la represión”, al entender que vulneran la “neutralidad informativa” en respuesta a una denuncia interpuesta por Ciudadanos.

“Los medios de titularidad pública deben abstenerse de llevar a cabo prácticas informativas que se aparten injustificadamente de la vigente legalidad”, asegura la resolución.

Pide a estos medios que respeten los principios de "pluralismo político, neutralidad informativa, igualdad y proporcionalidad"a los que obliga a ley en periodo electoral y que compense a los partidos no independentistas por retransmitir en directo la manifestación separatista de Madrid del pasado 16 de marzo.

En una resolución dada a conocer esta tarde, la Junta Electoral Central da la razón a Ciudadanos ante un recurso que había presentado después de que la Junta Electoral Provincial de Barcelona hubiera desestimado su protesta contra la cobertura informativa en los medios públicos autonómicos de la marcha celebrada en la capital de España a favor de la autodeterminación.

La Junta Electoral Central reclama a la Corporación que "durante el resto del periodo electoral cumpla de forma escrupulosa las exigencias de respeto a los principios de pluralismo político, neutralidad informativa, igualdad y proporcionalidad"que establece el artículo 66.1 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General.

Además, pide a la Corporación Catalana de Medios Audiovisuales "que adopte medidas compensatorias"para aquellas formaciones políticas que obtuvieron representación en el Congreso de los Diputados en las últimas elecciones "y que no apoyaron esta manifestación".

El motivo es que los partidos independentistas contaron con "un tiempo de cobertura de un total de 2 horas de duración"para difundir sus ideas políticas y, por ello, la Junta Electoral Central subraya que cada uno de los demás partidos políticos deben contar con la oportunidad de transmitir sus ideas "en igual franja horaria de la retransmisión denunciada, que se distribuirán en proporción a la representación parlamentaria obtenida".

Además, la Junta Electoral Central insta a la Provincial a que "proceda a incoar expediente sancionador"contra los responsables de la Corporación Catalana de Medios Audiovisuales "por vulneración"de la legislación