Construcción
Declarada nula la licencia de obras para la planta terrestre del Castor
El coportavoz de Compromís en Castellón Carles Mulet ha hecho pública hoy una sentencia que declara nula la licencia de obras otorgada por el Ayuntamiento de Vinaròs a la empresa ESCAL UGS para la construcción de la planta terrestre de operaciones del proyecto Castor de almacenamiento de Gas.
La sentencia del juzgado contencioso-administrativo número 2 de Castellón, con fecha 14 de diciembre de 2014, estima la demanda presentada por Río Cenia S.A. contra el acuerdo de la junta de Gobierno local del Ayuntamiento de Vinaròs de 28 de diciembre de 2009 y contra el decreto del alcalde de Vinaròs de 1 de febrero de 2010.
Se trata, según ha explicado Mulet en un comunicado del "enésimo varapalo al proyecto".
La sentencia resuelve el recurso presentado por la empresa Río Cenia, dedicada a la agricultura y que se vio afectada por varias expropiaciones para las instalaciones terrestres del Castor en Vinaròs.
El juzgado estima parcialmente el recurso y declara nula la licencia de obras otorgada por el Ayuntamiento de Vinaròs porque "no es compatible urbanísticamente por exceso de edificabilidad del proyecto de ejecución; y también porque, previamente a la concesión no se hubiera emitido la preceptiva declaración de interés comunitario".
La sentencia argumenta que no queda justificada que la planta tuviera que utilizar esos terrenos, que tenían categoría de suelo rural.
También contempla que las instalaciones no se han adaptado al medio para reducir el impacto visual, como se había comprometido la empresa.
Sobre la licencia de obras el juez explica que pese a tratarse de un proyecto de grandes dimensiones, eso "no impide que se deban distinguir, a la hora de conceder las licencias, entre la estructura marítima y la terrestre".
El juez explica que el decreto por el que se concedió a ESCAL la explotación del almacenamiento de mar subterráneo de gas natural Castor, concedía el derecho a operar frente a las costas pero "no faculta a ESCAL a transportarlo por el territorio del término municipal de Vinaròs, así como tampoco a construir una planta en suelo rural".
Aún así, dice, aunque se pudiera entender que ESCAL pudiera construir sus instalaciones de tierra, "no necesitaría una licencia municipal sino una licencia de la comunidad autónoma".
También dice que la licencia otorgada "infringe preceptos de naturaleza urbanística por exceso de edificabilidad"y por "vulnerar la Ley de accesibilidad de la Comunitat Valenciana".
Por ello estima la demanda de Río Cenia SA y declara nulos el decreto y el acuerdo de la junta de Gobierno que concedían la licencia para la obra de la infraestructura terrestre del Castor.
Según ha manifestado Carles Mulet, "sin entrar a valorar ahora los efectos de esta anulación de licencias, no podemos continuar con este goteo de errores, porque las dimensiones, coste y riesgo del proyecto merecía hacer las cosas escrupulosamente bien".
Ahora, ha agregado, "estamos viendo como después del susto, la tontería nos sale por millones de euros, y a esperas de lo que pueda pasar con los trabajos que está haciendo la Fiscalía, las responsabilidades políticas no son sólo de los ministros, sino, como vemos en este caso, hasta de alcaldes que ni siquiera tienen el valor de pedir perdón a la ciudadanía".
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