Alicante

El Supremo ratifica la negativa a instalar una planta de biodiesel en el Puerto de Alicante

EU insta a no pagar indemnización a la empresa invocando la sentencia

El Supremo ratifica la negativa a instalar una planta de biodiesel en el Puerto de Alicante
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El Tribunal Supremo ha ratificado la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) que rechaza la implantación en uno de los muelles del puerto de Alicante de una planta de biodiesel. El fallo del alto tribunal se produce después del recurso de casación interpuesto por la Abogacía del Estado contra la sentencia del 2 de febrero de 2010 de la sección tercera de la sala de lo contencioso-administrativo del TSJCV, que dio la razón a EU contra la creación de la industria de biodiesel en uno de los muelles de Poniente.

El portavoz municipal de EU, Miguel Ángel Pavón, instó ayer a la alcaldesa de la ciudad, la popular Sonia Castedo, a utilizar esta sentencia firme, que impone las costas a la Abogacía del Estado, a para evitar pagar la indemnización de 800.000 euros que reclama Biodiesel Alicante por la denegación municipal de la licencia.

Para Pavón, «el consejo de administración de la Autoridad Portuaria que en 2006 autorizó la planta ha vuelto a quedar desautorizado por la Justicia, un consejo del que formaban parte, además del entonces presidente Mario Flores, Luis Díaz Alperi como alcalde y la actual alcaldesa, Sonia Castedo, como concejala de Urbanismo».

Flores, Alperi y Castedo votaron a favor de la autorización cuya nulidad confirma ahora el TS y «tampoco votaron en contra los dos representantes del PSOE, Etelvina Andreu y José María Pajín, que se abstuvieron», según recordó el portavoz de la coalición.

Pavón opinó que el fallo «crea jurisprudencia» en relación al tipo de instalaciones que pueden autorizarse en el ámbito portuario concesionado a la mercantil Terminales Marítimas del Sureste.

«El ayuntamiento puede y debe invocar ante el TSJCV la sentencia firme para que en fase de ejecución de la sentencia ganada por Biodiesel se plantee la improcedencia de la indemnización al haber adquirido firmeza la nulidad de la autorización».