Comunitat Valenciana

El TSJCV no archivará los pleitos contra el plurilingüismo

El alto tribunal valenciano desoye la petición de la Generalitat que solicitaba encarpetar las denuncias contra el decreto ya derogado

El alto tribunal valenciano desoye la petición de la Generalitat que solicitaba encarpetar las denuncias contra el decreto ya derogado

El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) rechazó ayer la solicitud presentada por la Generalitat Valenciana para archivar las diez denuncias que tramita la Sala de lo Contencioso Administrativo contra el ya derogado decreto de plurilingüismo.

Al parecer, el Consell justificaba que la derogación del decreto suponía su desaparición del ordenamiento jurídico, lo que haría innecesario continuar con los procedimientos.

No obstante, el TSJCV advirtió que el decreto, pese a quedar derogado, «mantiene todos los efectos que el día que se dictó, a pesar de existir cuatro autos de la Sala ordenando la suspensión cautelar con efecto inmediato, en concreto, desde el 23 de mayo de 2017». Así se explica y argumenta en el auto la vigencia de todos los pleitos presentados.

La Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso Administrativo recordó que el decreto ley aprobado por el Consell en septiembre, a través del cual se adoptan medidas urgentes para la aplicación durante el presente curso de los proyectos lingüísticos de centro «mantiene en su mayor parte los efectos del decreto derogado».

Los magistrados explican que para superar este «escollo» que suponían la existencia de las tres primeras resoluciones incumplidas, «se dictó el Decreto Ley Decreto ley 3/2017, de 1 de septiembre, del Consell, por el que se adoptan medidas urgentes para la aplicación, durante el curso 2017-2018, de los proyectos lingüísticos de centro».

«El Decreto Ley 3/2017, al asumir los proyectos lingüísticas de centro resultantes de la aplicación de la regulación del Decreto 9/2.017, mantiene en su mayor parte los efectos del Decreto derogado».

La Sala concluye que en la medida que «el Decreto derogado mantiene íntegra su vigencia, y por tanto, sigue desplegando sus efectos -ultraactividad-» es necesario el pronunciamiento de este Tribunal en las causas aún pendientes de resolución.

Según la doctrina del Tribunal Supremo y el Tribunal Constitucional, solo cabe entender que existe desaparición sobrevenida de objeto en el supuesto de normas derogadas cuando éstas no conservan ningún género de ultraactividad, circunstancia que no concurre en este caso.

Esta decisión supone que se mantiene abierta la vía para plantear cuestión de inconstitucionalidad sobre el Decreto Ley 3/2017, al entender que pretendía impedir la ejecución de los autos de suspensión, tal y como han solicitado varias partes en distintos procedimientos

La nueva ley, ya publicada

La decisión del TSJCV de no archivar las diez denuncias que pesan sobre el decreto coincidió con la publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV) de la nueva ley por la que se regula y promueve el plurilingüismo en el sistema educativo valenciano