Sanidad

Ribera Salud denuncia que Sanidad incumple en materia de liquidaciones

La Razón
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Los representantes del grupo Ribera Salud abandonaron ayer la reunión de la Comisión Mixta Generalitat-Elche tras la negativa de la Generalitat a incorporar en el orden del día las liquidaciones pendientes que, tal y como marca la cláusula 8. del Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares (PPTP) (adjunta), se debe tratar ahí.

En un comunicado, la concesionaria explicó que ha venido solicitando de forma reiterada que se le remitan los borradores de las Actas de las Comisiones Mixtas de Seguimiento celebradas en fecha 25 de abril de 2016 y 7 de noviembre de 2016.

También ha solicitado de forma reiterada que se convoque Comisión Mixta para abordar cuestiones que resulta necesario tratar en su seno. Tanto es así que una vez convocada la del 11 de julio de 2017, la empresa presentó escrito en fecha 28 de junio de 2017 para solicitar que se incluyera en el orden del día un punto para tratar, acordar y aprobar las liquidaciones anuales pendientes de aprobación, es decir, las correspondientes a los ejercicios 2013 a 2016.

La Comisión Mixta de Seguimiento es el órgano competente para tratar, acordar y aprobar las liquidaciones anuales por tener asignadas facultades expresas relacionadas con la facturación.

Desde el inicio de la concesión en el año 2007 las Comisiones Mixtas han venido cumpliendo con normalidad sus funciones en lo relativo a la aprobación de las liquidaciones anuales. Prueba de ello es, por ejemplo, la Comisión Mixta de Seguimiento de fecha 20 de diciembre de 2013 en la que se aprobaron las liquidaciones de los ejercicios 2010 a 2012.

A juicio de Ribera Salud, el Departamento que dirige Carmen Montón «está vaciando a la Comisión Mixta de Seguimiento de las funciones que legalmente tiene atribuidas; y lo está haciendo a sabiendas, pues es plenamente consciente de que no las está convocando para abordar las cuestiones que es necesario tratar. La Conselleria está incumpliendo su deber de aprobar las liquidaciones anuales, lo cual supone un comportamiento ilegal, contrario a los pliegos y al contrato, habiéndose superado con creces los plazos fijados para la aprobación de las mismas».

La consecuencia de todo esto, aseguran, es la falta de aprobación de las liquidaciones pendiente (años 2013 a 2016), existiendo saldos pendientes bien a favor de la Generalitat o bien a favor de la Concesionaria. «En caso de haber saldos pendientes a favor de la Generalitat existiría una cantidad económica que debiendo estar en las cuentas públicas está en las cuentas de la Concesionaria, con el perjuicio que ello supone para el interés general. En caso contrario, existiría una cantidad económica que debiendo estar en las cuentas de la concesionaria está en las cuentas públicas, con el enriquecimiento injusto que ello supone».