Alicante

Un año y 10 meses de cárcel por acosar y amenazar a su expareja por Whatsapp

«Voy a joderte, estás muerta» y «no duermo hasta clavarte un cuchillo en el corazón» son algunos de los mensajes que le envió el condenado a la víctima

Tres testigos identifican al acusado como la persona que emite las amenazas
Tres testigos identifican al acusado como la persona que emite las amenazaslarazon

«Voy a joderte, estás muerta» y «no duermo hasta clavarte un cuchillo en el corazón» son algunos de los mensajes que le envió el condenado a la víctima

Un hombre con antecedentes por malos tratos en 2016 ha sido condenado a un año y diez meses de prisión por acosar a su expareja con mensajes de Whatsapp, además de múltiples llamadas amenazantes en las que le profería insultos.

En concreto, a través de esos mensajes el condenado, de nacionalidad argelina, amedrentaba a la víctima con frases como «prepárate hija de puta» o «voy a joderte, estás muerta» y «no duermo hasta clavarte un cuchillo en el corazón».

Según la sentencia del juzgado del Juzgado de lo Penal número 5 de Alicante, ratificada ahora por la Audiencia, el acusado se dedicaba a merodear en las inmediaciones del domicilio de su expareja en actitud vigilante.

Los hechos tuvieron lugar en Alicante entre noviembre y diciembre de 2018, tres meses después de que se extinguiese la pena de alejamiento respecto a su expareja que se le impuso al acusado en su primera condena.

Como consecuencia de esos mensajes y llamadas, la víctima se vio obligada a cambiar de domicilio en varias ocasiones, según relata el fallo de la Audiencia conocido ahora.

El acusado recurrió la sentencia de primera instancia en apelación al considerar que se había producido una errónea valoración de la prueba en perjuicio de su presunción de inocencia.

Sin embargo, el tribunal desestima el recurso tras considerar que el juzgador de primera instancia sí valoró bien las evidencias que sirvieron para considerar probados los hechos denunciados.

El fallo subraya que «tres testigos identifican sin la menor duda al acusado como la persona que desde el número de teléfono que se precisa emite las amenazas, con reproducción en el juicio, siendo el mismo número de teléfono desde el que se enviaron los mensajes amenazantes».

Además, añade que esos mensajes se unían a «las reiteradas ocasiones en las que acudía a las inmediaciones del domicilio de la víctima permaneciendo frente al mismo en actitud vigilante», lo que «configura prueba de cargo que enerva la presunción de inocencia y conduce a la condena» por los delitos de amenazas de género y de acoso de género.