Majadahonda

Archivada la causa contra el exalcalde de Majadahonda por el caso del hospital Puerta de Hierro

La juez determina que en este caso no "concurren varios de los elementos que exige el tipo penal"del delito urbanístico

Exterior del Hospital Puerta de Hierro
Exterior del Hospital Puerta de Hierrolarazon

La juez ha determinado el sobreseimiento provisional y archivo de la causa que investigaba al consejero delegado de Metro de Madrid y exalcalde de Majadahonda, Narciso de Foxá, por un delito medioambiental y urbanístico en la apertura del Hospital Puerta de Hierro.

El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 de Majadahonda ha determinado el sobreseimiento provisional y archivo de la causa que investigaba al consejero delegado de Metro de Madrid y exalcalde de Majadahonda, Narciso de Foxá, por un delito medioambiental y urbanístico en la apertura del Hospital Puerta de Hierro.

En un auto al que ha tenido acceso Efe, fechado el pasado 19 de julio, la juez titular Delia Rodrigo determina el sobreseimiento provisional y archivo de las actuaciones en una causa que había denunciado el Ministerio Fiscal.

La Fiscalía sostenía que el regidor tenía la responsabilidad de multar a la empresa concesionaria del centro por las irregularidades, ya que el Puerta de Hierro no tuvo licencias desde 2008 hasta 2015.

El delito medioambiental del que se le acusaba se refería a que el centro sanitario estuvo funcionando sin los permisos de vertido al sistema integral de saneamiento y nunca realizó muestras de aguas residuales.

En relación al delito urbanístico, el texto determina que "a fecha de la presente resolución todas las licencias que son necesarias para el ejercicio de la actividad que desarrolla el hospital han sido debidamente otorgadas por los organismos competentes".

La juez también afirma que la tutela urbanística debe realizarse por la vía contencioso- administrativa, ya que a los juzgados penales les "corresponde un papel inferior o meramente auxiliar respecto del derecho administrativo".

Asimismo, considera que en este caso no "concurren varios de los elementos que exige el tipo penal"del delito urbanístico, puesto que las licencias urbanísticas se han tramitado conforme a derecho, aunque se hayan otorgado fuera del plazo correspondiente.

Sobre los vertidos, añade que "no figura aportado en los autos ningún informe pericial que permita establecer de forma indiciaria, al menos, como corresponde a la fase de instrucción en la que nos encontramos, que se haya producido algún tipo de vertido por parte del hospital que haya podido crear un riesgo objetivo para el medioambiente o salud de las personas". Efe