IVA
¿Cómo se aplica la nueva tasa?
l ¿Cómo explicaría a un paciente que considera injusta la tasa que se trata de una medida necesaria?
–Nos encontramos en una situación muy dura, de una crisis económica muy profunda,y en un momento en el que la Comunidad de Madrid ha sido víctima de un sistema de financiación autonómico muy injusto, que ha obligado a hacer un ajuste muy importante. Los españoles tenemos un gasto farmacéutico un 15% superior al de la media de Europa. El Gobierno regional lo que ha establecido es un sistema muy similar al que ya existe en los grandes países europeos y que ayuda racionalizar el consumo farmacéutico.
l ¿Qué deben presentar en las farmacias aquellos que, como los parados sinsubsidio o los perceptores de una pensión no contributiva, están exentosde pagar?
–No tienen que presentar nada. Estas recetas de beneficiarios exentos se identifican, en el apartado de la receta de identificación del paciente, con el código de aportación correspondiente que les exime del pago de la tasa.
l ¿Qué medicamentos no conllevarán el pago de la tasa?
–En aquellos productos prescritos en receta oficial cuyo precio de venta al público sea igual o inferior a 1,67 euros, IVA incluido.
l ¿Se puede negar un farmacéutico a cobrar la tasa?
–No.
l ¿Se les puede negar los medicamentos a aquellos pacientes que no quieran pagar?
–Los pacientes que se nieguen a pagar esta tasa, establecida por ley, están incumpliendo una obligación tributaria, por lo que tienen que rellenar un formulario en el que constarán todos sus datos personales y por el que se iniciará el correspondiente expediente administrativo para la exacción de la tasa y en su caso, la correspondiente sanción, pero se les entregará el medicamento.
l Si finalmente el Constitucional anula la tasa, ¿será devuelto el dinero pagado hasta entonces?
–Estamos convencidos de que la Comunidad de Madrid tiene las competencias para establecer esta tasa, cuyo fin es disuasorio en la prescripción y dispensación de fármacos.
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