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Madrid

Las etiquetas medioambientales de la DGT, obligatorias a partir del 24 de abril

Para todos los vehículos a motor, incluidas motocicletas, que accedan, circulen o estacionen en el término municipal de Madrid

Las etiquetas medioambientales de la DGT, obligatorias a partir del 24 de abril
Las etiquetas medioambientales de la DGT, obligatorias a partir del 24 de abrillarazon

Llevar la pegatina medioambiental de la DGT, obligatorio a partir del 24 de abril

Los 4 distintivos ambientales creados por la DGT: 0 Emisiones, Eco, C y B, en función del impacto ambiental de los vehículos serán obligatorias en Madrid a partir del próximo 24 de abril, una vez pasados los seis meses de plazo desde la entrada en vigor de la nueva Ordenanza Municipal.

Así, todo vehículo que circule o estacione en las vías públicas de titularidad municipal que pueda disponer del distintivo ambiental conforme a la normativa estatal, deberá mostrarlo en el ángulo inferior derecho del parabrisas delantero, salvo que no disponga de parabrisas, en cuyo caso deberá colocarse en lugar visible.

Quienes deben llevar la etiqueta:

Propietarios de los vehículos que accedan, circulen o estacionen en el término municipal de Madrid.

Requisitos:

Deberán solicitar el distintivo y colocarlo en un lugar visible del parabrisas todos aquellos vehículos a motor (incluidas motocicletas) salvo:

Los catalogados como vehículos A (de gasolina matriculados antes del año 2000 y los diésel anteriores a 2006).

Aquellos que tengan reconocida la consideración de históricos conforme a la normativa nacional que les sea de aplicación.

Cómo realizar el trámite:

Existen 4 formas de conseguir el distintivo ambiental:

En las Oficinas de Correos (más información).

En talleres (más información).

A través de su Gestor administrativo.

A través de la Asociación Ganvam y de GANVAMStore, la nueva plataforma tecnológica que acoge una herramienta conectada con Correos y la Dirección General de Tráfico (DGT).

Fundamento legal:

Resolución de 13 de abril de 2016, de la Dirección General de Tráfico, por la que se modifica el apartado C.1 del punto primero y los anexos I, II y VIII de la de 8 de enero de 2016, por la que se establecen medidas especiales de regulación del tráfico durante el año 2016.

Ordenanza de Movilidad Sostenible para la Ciudad de Madrid.