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Contaminación en Madrid

Madrid Central: ¿Cuál es la sanción por acceder sin permiso al APR?

Madrid Central: ¿Cuál es la sanción por acceder sin permiso al APR?
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Si no es residente, no entra para estacionar en aparcamientos de rotación, no cuenta con distintivo ambiental o no está en ninguno de los supuestos autorizados para acceder al Área de Prioridad Residencial (APR) Madrid Central las cámaras lectoras de matrícula tramitarán una multa por acceso indebido que supone una sanción de 90 euros, que tendrán una bonificación del 50% en caso de pronto pago. Sin embargo, el Ayuntamiento de Madrid aún no ha determinado la fecha exacta en la que se activarán estas sanciones puesto que, pese a que la nueva APR entra en vigor el próximo 23 de noviembre, lo hace «en pruebas».

Esto significa que el consistorio no multará inmediatamente a los infractores sino que se dará un periodo de gracia para que lleguen las autorizaciones correspondientes, se acostumbre la ciudadanía a los recorridos para entrar en los aparcamientos y se compruebe el funcionamiento de todas las cámaras. Después de este periodo de gracia, indeterminado, el Ayuntamiento de Madrid pondrá en marcha un plazo de dos meses en los que enviará cartas informativas a aquellos ciudadanos que hayan accedido sin autorización a Madrid Central y, pasado este tiempo, se comenzarán a enviar las multas efectivas.

El origen de esta permisividad temporal del consistorio está en la puesta en marcha, en 2016, del APR de Ópera, con sanciones desde el primer día, en la que hubo errores administrativos y de gestión de las matrículas autorizadas que obligaron a Cibeles a anular miles de ellas y suspender la implantación del Área de Prioridad Residencial durante varios meses.