Consejo de Ministros
Multas de hasta 900.000 euros en la nueva Ley de Espectáculos
Hace ahora trece meses, la muerte de cinco jóvenes en el Madrid Arena agitó el debate político en torno a la necesidad de reformar la ley de espectáculos vigente. Las responsabilidades penales que acarreaban las negligencias más graves se demostraron excesivamente laxas y las multas a los infractores, insuficientes. Ayer, la comisión de Presidencia y Justicia de la Asamblea de Madrid dio uno de los últimos pasos para reformar esta norma de 1997 en el camino de su endurecimiento. Tras el visto bueno al dictamen –que llega tras cinco meses de tramitación parlamentaria–, su aprobación definitiva en el Pleno de la cámara regional podría efectuarse el próximo jueves 12 de diciembre.
Una de las bases del nuevo texto descansa en en el endurecimiento de las multas. Las infraciones muy graves doblarán la multa que llevan aparejada una vez aprobada la nueva ley hasta alcanzar los 600.000 euros. El mínimo fijado para este tipo de irregularidades estará en los 60.001 euros. Además, podrán acarrear una clausura del local de hasta dos años, al margen de la suspensión de la actividad y la inhabilitación para la organización de eventos. Sin embargo, dentro del capítulo de infracciones muy graves, la multa podrá llegar hasta los 900.000 euros cuando en el local o establecimiento incumplidor haya habido menores afectados. Las infracciones graves serán castigadas con sanciones de entre 4.501 y 60.000 euros. Las leves también se elevan hasta los 4.500 euros. Esta revisión de las sanciones busca, según la redactora de la propuesta que el PP ha sometido a debate, la diputada María Eugenia Carballedo, fomentar el ocio seguro: «Esta norma se preocupa por garantizar la seguridad de los jóvenes y en ella se van a dar razones a la minoría que decide infringir para que desista de esta actitud y, en lugar de hacer caja, se decida por un ocio seguro».
El dictamen avalado ayer por la comisión establece que no sólo las sociedades que infrinjan la ley podrán ser sancionadas, sino también sus gestores, siempre que se establezca una responsabilidad en los hechos. También se amplía el abanico de medidas cautelares, fundamentalmente orientadas a que el empresario que ha cometido una flagrante irregularidad pueda seguir enriqueciéndose a través de la organización de nuevos eventos. Por ello se establece la inhabilitación cautelar para la organización y promoción de actividades recreativas. Con el mismo objetivo se incluye el decomiso de los ingresos recaudados en el desarrollo de la fiesta sujeta a investigación.
Otra de las novedades tiene que ver con la publicidad de las sanciones, especialmente en lo que afecta a eventos en los que ha existido una concentración masiva de personas y que conlleven la inhabilitación para la organización o promoción de los espectáculos. Y es que todos los ayuntamientos tendrán conocimiento de las posibles sanciones de forma que no se quedarán en el ámbito de un municipio la aplicación de las multas.
En el transcurso del debate parlamentario se ha incorporado al dictamen final la propuesta del Grupo Socialista para que los establecimientos públicos de creadores culturales, emprendedores, las microempresas y pymes puedan desarrollar su actividad presentando una declaración responsable ante el ayuntamiento correspondiente. Los socialistas, no obstante, han lamentado que este dictamente no entre a regular mejor algunos espectáculos públicos, como los grandes macroeventos.
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