Política
¿Qué es una agrupación de electores?
- Se entiende como tal, la asociación de un conjunto de ciudadanos o electores (no pueden ser partidos políticos) que presentan una candidatura a unas elecciones, ya sean al Parlamento Europeo, generales, autonómicas o municipales.
- Según la norma de la Junta Electoral Central, se constituyen única y exclusivamente para el proceso electoral concreto al que se presentan.
- Son independientes, sin que puedan concurrir en coalición con otras agrupaciones o partidos políticos.
- Tampoco podrán convertirse en partidos políticos posteriormente, y su ámbito temporal es el mandato concreto para el que se constituye.
- No es obligatoria la inclusión de siglas y símbolos.
- Las agrupaciones de electores necesitan presentar un número mínimo de firmas de las personas inscritas en el censo electoral del municipio, que en el caso de Madrid, al contar con más de 1.000.000 de habitantes, deben ser más de 8.000. Esta recogida de firmas ha de hacerse dentro del periodo electoral.
- No pueden percibir adelantos de subvención electoral.
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