Cerco a la corrupción

San Fernando, agencia de empleo de IU

El Ayuntamiento de San Fernando de Henares sirvió a IU de «agencia de colocación», durante la
El Ayuntamiento de San Fernando de Henares sirvió a IU de «agencia de colocación», durante lalarazon

La Justicia anula contratos para cargos de confianza en el Ayuntamiento por valor de 300.000 euros

Dos juzgados de Madrid han asestado un severo revés a las controvertidas contrataciones de cargos de confianza que, desde hace años, ha llevado a cabo el Ayuntamiento de San Fernando de Henares, gobernado por Izquierda Unida. El fallo más reciente –con fecha del 25 de septiembre y resuelto por el Juzgado Contencioso Administrativo número 12 de la capital– estima el recurso del sindicato UGT presentado en septiembre de 2011 y declara ilegales los contratos de dos de estas personas vinculadas con Izquierda Unida y contratadas, desde la década de los 90, para desempeñar responsabilidades como cargos de confianza del equipo de Gobierno municipal.

En concreto, anula los cargos de la Asesora Jurídica de Alcaldía y de la Directora de Urbanismo e Industria. Estas responsabilidades fueron encomendadas por parte del Ejecutivo municipal a Carmen Criado y a Ana González respectivamente, dos personas que ininterrupidamente en las últimas legislaturas ya habían ocupado cargos de confianza vinculados con los sucesivos gobiernos de Izquierda Unida. Se da la circunstancia en este caso que estos dos cargos –junto con el de la Secretaria de la Asesora Jurídica– fueron eliminados en el primer pleno municipal que siguió a las elecciones locales de 2011, en concreto el 7 de julio, con los votos de los ediles del PSOE y del PP. Ello no impide al equipo de Gobierno municipal, en una sesión extraordinaria celebrada apenas seis días después –el 13 de julio de ese año– volver a crear estos cargos aunque, en esta ocasión, bajo la figura de contratos de alta dirección. A pesar de ello, la sentencia determina que ambas contrataciones son ilegales al haberse arrogado el gobierno municipal –dirigido todavía en ese momento por el anterior alcalde, Julio Setién– competencias exclusivas del Pleno que integra a los ediles de los distintos grupos. «El Pleno del Ayuntamiento acordó extinguir los puestos de trabajo de Dirección de Área de urbanismo y asesoría Jurídica en ese momento desempeñados por personal eventual o de confianza y lo acordado por el Pleno es incumplido por la Junta de Gobierno Local que desdibuja el citado acuerdo arrogándose competencias del Pleno», recoge la sentencia.

La eliminación de estos dos contratos ilegales no tendrá efectos prácticos ya que con el relevo en la alcaldía de abril de 2013 –tras la dimisión de Julio Setién, Ángel Moreno asumió la Alcaldía– estos cargos de confianza no volvieron a crearse. Si los tiene, sin embargo, sobre el coste que su creación y el consiguiente desembolso en salarios ha tenido sobre las arcas municipales: sólo en la presente legislatura, la creación de estos dos cargos «a medida» han supuesto un gasto cercano a los 300.000 euros, al sumar los 54.000 euros anuales atribuidos a cada uno al año más los gastos de Seguridad Social.

Otra sentencia, ésta dictada por el Juzgado de lo Social número 34 de Madrid, obliga al Ayuntamiento de San Fernando a readmitir a una trabajadora despedida en 2013, coincidiendo también con el relevo en la Alcaldía. Esta trabajadora también ha ocupado sucesivos cargos de confianza desde 1999 por encargo de los gobierno de Izquierda Unida. Y como en el caso de las dos trabajadoras anteriores, en su caso también fue el primer pleno municipal de la actual legislatura la que eliminó el que ella, en ese momento, desempeñaba, el de Secretaria de la Asesoría Jurídica. En su caso, sin embargo, la Junta de Gobierno no la volvió a contratar como personal de alta dirección, sino que le ofreció un nuevo contrato por obra y servicio para «el apoyo administrativo a la Asesoría Jurídica al Plan de Rehabilitación de Vivienda». Sin embargo, tal y como reza la sentencia, «no se acredita la existencia de un Plan de rehabilitación de viviendas» para el que esta persona había sido contratada. No se acredita –añade el fallo– que esta persona «se dedicaba al desempeño de funciones administrativas ordinarias». Tras analizar todas las circunstancias relativas a esta contratación, la sentencia declara «improcedente» el despido y obliga al consistorio a readmitir a la trabajadora en las mismas condiciones además de abonarla los salarios de tramitación desde el día del despido o a indemnizarla con cerca de 50.000 euros.