Lotería de Navidad
¿Es legal que te cobren de más por un décimo de Lotería de Navidad?
En 2001, con la introducción del euro, el costo del décimo se fijó en 20 euros, un precio que se ha mantenido constante hasta la actualidad
Los españoles gastaron una media 66,60 euros en décimos para el Sorteo Extraordinario de la Lotería de Navidad del año pasado, de acuerdo con la Sociedad Estatal de Loterías y Apuestas del Estado (SELAE). En algunas regiones, como Castilla y León, este gasto fue notablemente mayor, llegando a los 109,62 euros. Esto implica que cada español adquirió, en promedio, 3 décimos de la Lotería de Navidad, dado su coste actual de 20 euros.
A lo largo de las últimas décadas, el coste del décimo de la Lotería de Navidad ha experimentado numerosas variaciones, impulsadas tanto por decisiones de la SELAE como por los propios cambios económicos en nuestro país. En 1966, un décimo costaba nada más y nada menos que 500 pesetas, lo que equivaldría a unos 3 euros actuales. En 1967, el precio se duplicó a 1.000 pesetas (equivalente a unos 6 euros). Para 1977, había aumentado a 2.000 pesetas (aproximadamente 12 euros). En 1980, el precio creció a 2.500 pesetas (15 euros). Después, en 1991, ascendió a 3.000 pesetas.
Finalmente, en el año 2001, con la introducción del euro, el precio del décimo se estableció en 20 euros, manteniéndose inalterado hasta el día de hoy. Sin embargo, aunque el precio oficial de un décimo de Lotería de Navidad es de 20 euros, si se adquiere en lugares que no son una administración pública de Loterías y Apuestas del Estado, el cliente podría tener que añadir un sobrecargo de 2 euros, lo que resultaría en un total de 22 euros por un décimo.
¿Cuándo es legal el sobrecargo?
El artículo 8 de la Instrucción General de Loterías establece la prohibición de la “reventa con sobreprecio” de décimos de la Lotería de Navidad. Sin embargo, se hace una excepción para ciertos casos. El primero de ellos, si la entidad tiene la autorización expresa de la Sociedad Estatal de Loterías y Apuestas del Estado (SELAE). También está permitido si los décimos son vendidos por clubes deportivos y otras asociaciones. En estos casos, es legal cobrar una cantidad adicional, porque esta se considera una donación a la organización que vende el décimo, no un sobreprecio.
En el resto de los casos, la reventa con sobrecargo está terminantemente prohibida. De hecho, se podría incurrir en delitos de contrabando y fraude. O sea, que si un bar, un restaurante u algún otro comercio trata de venderte un décimo con un recargo al importe original, hay que ponerlo en conocimiento de las autoridades.
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