Ayuntamiento de Madrid

Madrid Central: Mártires de Alcalá y Seminario de Nobles serán calles de libre acceso

Se prorroga la entrada para padres que recojan y lleven a sus hijos a los centros escolares

¿Me pueden multar cada vez que entre con el coche a una zona restringida al tráfico? La respuesta es No
¿Me pueden multar cada vez que entre con el coche a una zona restringida al tráfico? La respuesta es NoJesús G. FeriaLa Razón

Las calles Mártires de Alcalá y Seminario de Nobles, actualmente restringidas al tráfico en algunos tramos para todos los vehículos contaminantes, pasarán a ser de libre acceso el próximo 1 de enero. Así lo acaba de anunciar el alcalde de la capital, José Luis Martínez-Almeida, en la rueda de prensa posterior a la Junta de Gobierno. Se trata de una modificación del funcionamiento de Madrid Central que nace con el objetivo de “mejorar” la ordenanza aprobada en la pasada legislatura por el Gobierno de Manuela Carmena.

Según ha dicho el alcalde, de esta forma se dará cumplimiento a los informes de la Dirección General de Sostenibilidad y Control Ambiental que aconsejan reabrir estas calles al tráfico, ya que así se impedirán atascos en otras calles adyacentes como Princesa y zonas como Arapilles, Argüelles y Gaztambide y se “mejorará la calidad del aire”. “Más del 20% de las multas se producen en ese punto de Mártires de Alcalá”, ha puntualizado Martínez-Almeida. En julio, esta calle sumó 19.824 multas; en agosto, 16.423 y en septiembre, 22.221

No es la única novedad del actual Consistorio con respecto a la medida de Manuela Carmena. El Ayuntamiento prorroga durante un año el acceso a los vehículos con clasificación ambiental A en varios supuestos por razones excepcionales:

  • Vehículos que lleven y recojan a alumnos de las escuelas infantiles, colegios e institutos de educación infantil, Primaria y Secundaria, ubicados en Madrid Central.
  • Vehículos que accedan a talleres de reparación.
  • Vehículos industriales de MMA menor o igual a 3.500 kilogramos, a excepción de los A, a los que no se les permite la entrada desde el 1 de enero de 2020 por recogerse así en la Ordenanza.
  • Vehículos de servicios públicos esenciales y los de las administraciones públicas y sus contratistas, cuando el prestador justifique la imposibilidad de ofrecer el servicio con otro tipo de vehículo.
  • Grúas y vehículos taller y auxilio en carretera.
  • Turismos de los establecimientos de comercio, restauración y hostelería ubicados en MC.
  • Vehículos de tipo turismo de personas trabajadoras en Madrid Central cuya hora de inicio o de fin de la jornada esté comprendida entre las 00:00 y las 6:30 horas.
  • Vehículos de los abogados del servicio de guardia de turno de oficio para acceder a las comisarías de POlicía ubicadas en los distritos de Centro y Retiro.