Manuela Carmena

Caso Open de tenis: rechazan el recurso de Sánchez Mato y Celia Mayer

Los ex ediles de la época en la que Manuela Carmena estaba al frente del Ayuntamiento de Madrid serán juzgados por un delito de malversación de fondos públicos

Los concejales del Ayuntamiento de Madrid, Celia Mayer y Carlos Sánchez Mato el día que declararon en el juzgado de Plaza de Castilla por el caso del Open de Tenis de la Caja Mágica
Los concejales del Ayuntamiento de Madrid, Celia Mayer y Carlos Sánchez Mato el día que declararon en el juzgado de Plaza de Castilla por el caso del Open de Tenis de la Caja Mágica© J. FDEZ. - LARGOLa Razón

La sección número 16 de la Audiencia Provincial de Madrid ha rechazado el recurso de apelación de Carlos Sánchez Mato y Celia Mayer por el caso Open de tenis. Así, los ex ediles de la época en la que Manuela Carmena estaba al frente del Ayuntamiento de Madrid serán juzgados por un delito de malversación de fondos públicos tras, presuntamente, encargar dos informes externos para denunciar supuestas irregularidades penales en el convenio firmado por el Consistorio en época de Alberto Ruiz-Gallardón con Madrid Trophy Promotion (MTP), la empresa encargada de la organización del Mutua Madrid Open. Según el texto al que ha tenido acceso LA RAZÓN, Sánchez Mato y Mayer basaron su recurso en dos argumentos: la vulneración del derecho fundamental a la tutela judicial efectiva, creando indefensión por falta de motivación; y la vulneración del principio de legalidad. Esta última premisa es la que ocupa el grueso de sus argumentos. De este modo, recoge «una serie de manifestaciones exculpatorias acerca de los hechos imputados referidas a la necesidad de obtener los dictámenes jurídicos distintos a los emitidos por la Asesoría del Ayuntamiento», y los imputados justifican esto en base al hecho de que éste carecía «de competencia para ello, la selección y contratación de los despachos referidos, la presión presupuestaria a la que estaba sometido el Ayuntamiento por parte de la Administración central, la maraña de contrataciones y el incremento en varios millones de dólares de la actividad contratada, así como la licitud en la selección y contratación de los dos despachos». Ambos fueron desestimados.