Comunidad de Madrid

El Supremo determina la responsabilidad patrimonial de la Comunidad de Madrid en los ataques de lobos

El Alto Tribunal atiende así las reclamaciones por daños y perjucios a un ganadero de la sierra madrileña

Continúa con plena vigencia el plan de la Junta de aprovechamientos comarcales del lobo en Castilla y León
Continúa con plena vigencia el plan de la Junta de aprovechamientos comarcales del lobo en Castilla y Leónlarazon

El Tribunal Supremo ha confirmado la responsabilidad patrimonial de la Comunidad de Madrid por daños y perjuicios a explotaciones ganaderas por ataques de lobo en el caso de un ganadero de la sierra madrileña.

Así consta en una sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, en la que rechaza el recurso de casación interpuesto por el Gobierno regional contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), de 2 de noviembre de 2016, en la que se impugnó la desestimación de reclamación patrimonial formulada en diciembre de 2016 por la Consejería Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio por ataques de lobos.

La sentencia recurrida estimó la demanda formulada por la representación procesal de un ganadero de la sierra de Madrid afectado por los daños provocados a su explotación por el lobo ibérico (Canis lupus signatus).

La Comunidad de Madrid alegaba que, en virtud de lo dispuesto en el art. 54.6 de la Ley 42/2007, de 3 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, las administraciones públicas no eran responsables de los daños provocados por la fauna silvestre más allá de las ayudas o compensaciones de carácter paliativo que, como en el caso del lobo, son aprobadas periódicamente.

La defensa del ganadero, asumida por UGAMA, defendía el criterio de interpretación del artículo 54.6 de la Ley 42/2007 mantenido por la Sala de instancia, que, a su criterio, resultaba mucho más acorde con el principio general de responsabilidad patrimonial de las administraciones públicas establecido en el artículo 106.2 CE.

Así, alegaba como título de imputación de la Administración la normativa sectorial comunitaria, estatal y autonómica que declara al lobo ibérico como una especie tributaria de régimen especial de protección y en ningún caso susceptible de aprovechamiento cinegético en la Comunidad de Madrid.

En la sentencia, el Alto Tribunal se ha decantado por las alegaciones formuladas por la representación procesal del ganadero, considerando que “la excepción a la regla general establecida en el artículo 54.6 no responde a una previsión expresa y completa que atribuya responsabilidad a las Administraciones Públicas por los daños causados por las especies de fauna silvestre, como mantiene la recurrente, sino a la existencia de una normativa sectorial por la que se sujeta de manera específica a determinada especie a algún régimen especial de protección”.

Añade que el desarrollo y efectividad del citado régimen “responde a la adopción por la Administración de concretas medidas y actuaciones, que hagan compatible, en la medida de lo posible, el régimen de protección con los derechos e intereses patrimoniales de los administrados, respondiendo la Administración de los daños causados por la gestión de este régimen de protección especial que el administrado no tenga el deber jurídico de soportar”.

En un comunicado, la Unión de agricultores, ganaderos y silvicultores de la Comunidad de Madrid (UGAMA) señala que el Supremo solventa a favor de los ganaderos la controversia jurídica suscitada tras la modificación del referido artículo 54.6 de la Ley del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, aprobada por unanimidad de los grupos parlamentarios presentes en el Congreso de los Diputados en el año 2015.

A su juicio, "buscaba eludir la responsabilidad de las administraciones públicas respecto de los daños provocados por la fauna silvestre en general y por las especies protegidas en particular, llegando incluso a aseverarse que los ganaderos tenían el deber jurídico de soportarlos".

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Además, destaca que la sentencia supone “un precedente judicial histórico que sienta jurisprudencia” y que compete a “las administraciones públicas a resarcir íntegramente a los ganaderos afectados por los daños provocados por la fauna protegida más allá de las órdenes de carácter paliativo por las que se establecen unos baremos compensatorios que resultan del todo insuficientes”.

La organización agraria ha tachado de "vergonzoso" que este Gobierno regional predique, por un lado, su apoyo al sector agrario y ganadero, y por otro obligue a los ganaderos madrileños a acudir a la justicia si quieren recibir unas indemnizaciones justas.

Alfredo Berrocal, presidente de UGAMA, ha instado a la presidenta regional, Isabel Díaz Ayuso, y a la consejera de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad, Paloma Martín, a que adopten “urgentemente” las medidas necesarias para paliar esta situación que “ya dura más de 10 años y que está contribuyendo, de manera significativa, al desánimo del sector y abandono del campo”. Europa Press