Tribunal Supremo

El TS avala el sistema de descanso obligatorio para los taxistas de Madrid

Avala al Ayuntamiento frente a los empresarios del taxi. El Supremo destaca que el Consistorio tiene facultades para establecer esa regulación

Madrid prorroga hasta el 12 de abril su colaboración con taxis y VTC para el traslado de sanitarios
Un taxi pasa al lado de las Urgencias del Hospital Gregorio MarañónJesús HellínEuropa Press

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha avalado el descanso obligatorio de un día fijo semana para los taxistas, en función de la terminación de sus licencias. De esta forma, el Alto Tribunal estima el recurso del Ayuntamiento de Madrid contra la decisión del Tribunal Superior de Justicia de Madrid que anuló esa disposición de la Ordenanza municipal reguladora del taxi aprobada el año 2012. El Supremo concluye que tal regulación entra dentro de las facultades de organización que tiene el Consistorio, al no existir norma de rango superior que establezca un criterio que deba ser seguido.

Una cuestión distinta será, especifica el Supremo, lo que acontezca con la futura Ordenanza a aprobar por el Ayuntamiento de Madrid que debe adaptarse al nuevo Reglamento aprobado por la Comunidad de Madrid a través de un Decreto de 2019. El nuevo Reglamento de la Comunidad de Madrid dictado con posterioridad a la Ordenanza impugnada desarrolla la Ley de Ordenación y Coordinación de los Transportes Urbanos de la Comunidad de Madrid, el régimen de otorgamiento, utilización, modificación y extinción de las licencias de transporte urbano de viajeros en vehículos de turismo, así como el de prestación del servicio.

En lo que atañe a la regulación y organización del servicio por los municipios, respetando la legislación laboral y la de Seguridad Social, sobre coordinación de descansos, calendarios, horarios y vacaciones el nuevo art. 41 hace especial hincapié en el “previo informe de las asociaciones representativas del sector”

Respecto del recurso de la Asociación de Empresarios Madrileños del Taxi se rechaza la vulneración de derecho de la Unión Europea. Y dado que el Decreto de 2019 da nueva redacción a los artículos sobre requisitos para la obtención de licencias, transmisión de licencias de aerotaxi, número de plazas pintura y distintivos, recuerda la sentencia que los preceptos de la Ordenanza que contravengan el Decreto quedaron sin efecto desde la entrada en vigor del mismo, esto es al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, 11 de abril de 2019, sin que, por ello, sea preciso pronunciamiento expreso alguno del Tribunal dado el tenor de la redacción reglamentaria.