Coronavirus

Esta medianoche entra en vigor en Madrid el cierre del ocio nocturno y la prohibición de fumar en la calle

A partir de este jueves, se cierra el ocio nocturno y se prohíbe fumar en la calle y en las terrazas si no se cumple una distancia interpersonal de dos metros

El Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM) ha publicado este miércoles la orden de la Consejería de Sanidad por la que, a partir de esta medianoche, se cierra el ocio nocturno y se prohíbe fumar en la calle y en las terrazas si no se cumple una distancia interpersonal de dos metros. Madrid pone así en marcha las once medidas pactadas por unanimidad el pasado viernes entre el Ministerio de Sanidad y las comunidades autónomas, a las que se suma la prohibición de consumir alimentos en el transporte público de la región, informa Efe. El límite de la una de la madrugada para cerrar bares y restaurantes y el establecimiento de grupos de un máximo de diez personas son algunas de las medidas ya adoptadas por la Comunidad.

Con el objetivo de frenar los nuevos contagios del coronavirus, el BOCM recoge las siguientes medidas:

CIERRE DEL OCIO NOCTURNO

  • Desde esta medianoche deben cesar su actividad las discotecas, salas de baile y bares especiales con o sin actuaciones, mientras que estén en vigor las actuaciones coordinadas en salud pública.

FUMAR EN LA VÍA PÚBLICA

  • Prohibido tanto en la calle como en las terrazas si no se pueden mantener al menos dos metros de distancia.
  • Además de al cigarrillo, la prohibición afecta a cualquier otro dispositivo de inhalación de tabaco, pipas de agua, cachimbas y asimilados.

HOSTELERÍA

  • Los bares y restaurantes tendrán que cerrar a la una de la madrugada y no podrán “en ningún caso” admitir clientes a partir de la medianoche.
  • El aforo en el interior de los locales queda limitado al 75 %, mientras que en las terrazas es del cien por cien con mesas que entre sí respeten la distancia.
  • Las mesas pueden albergar grupos de como máximo diez personas.

GRUPOS SOCIALES

  • Máximo de 10 personas: continúa la limitación impuesta el 29 de julio en Madrid y pactada después para el conjunto del país. Los grupos “de carácter privado o no regulado” se limitan a diez personas no convivientes en espacios públicos o en la calle.
  • En el espacio privado no rige está prohibición, pero Madrid recomienda aplicar el mismo tope. También aconseja que la población reduzca sus “encuentros sociales fuera del grupo de convivencia estable”.

RESIDENCIAS DE MAYORES

  • Visitas limitadas a una persona por residente y por un máximo de una hora al día. Excepciones en el caso del final de la vida.
  • Limitación de las salidas en función de la situación epidemiológica de la Comunidad y de las características serológicas del centro. Excepciones en personas que estén al final de su vida.
  • Pruebas PCR 72 horas antes de cada ingreso y pruebas a los trabajadores que vuelvan de permiso y vacaciones y a nuevos empleados. Además, se recomiendan test PCR periódicos a trabajadores que tengan contacto directo con los residentes.

PROHIBIDO COMER EN EL TRANSPORTE

  • Madrid prohíbe comer en sus trenes y autobuses para evitar el gesto de quitarse la mascarilla. La medida afecta a los vehículos dependientes del Consorcio Regional de Transportes, es decir Metro, red de Cercanías y autobuses urbanos e interurbanos.

AUTORIZACIÓN DE EVENTOS MULTITUDINARIOS

  • Los eventos con 600 personas o más deberán contar con una autorización de la Comunidad de Madrid, que dará luz verde a los planes de actuación presentados por los promotores.
  • Esta norma no se aplica a la programación ordinaria de: teatros, cines, auditorios de música, centros culturales, salas de conciertos, salas de exposiciones, salas de conferencias y espacios de naturaleza análoga que tengan “protocolos suficientes para el desarrollo de su actividad”.

MASCARILLAS

Se mantienen las obligaciones vigentes desde el 29 de julio:

  • Obligatoria en la calle y en espacios de uso público en el caso de mayores de 6 años.
  • Se puede retirar para beber y comer, para hacer deporte y en la naturaleza o al aire libre fuera de núcleos de población, si se puede mantener distancia.
  • Se recomienda, pero no es obligatorio, en el espacio privado en caso de grupos de personas no convivientes.