Madrid

El TSJM tendrá que validar las restricciones en las zonas básicas de salud de la Comunidad de Madrid

En el caso de que el Gobierno regional decida el cierre perimetral completo de Madrid, y prohíba las entradas y salidas de la región, no necesitaría el aval judicial al estar bajo el paraguas legal del estado de alarma

El TSJM tendrá que validar las restricciones en las zonas básicas de salud de la Comunidad de Madrid
El TSJM tendrá que validar las restricciones en las zonas básicas de salud de la Comunidad de MadridJesús DigesAgencia EFE

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) tendrá que validar las restricciones acordadas por la Consejería de Sanidad en 32 nuevas zonas básicas de salud que cuentan con una incidencia superior a los 500 casos por cada 100.000 habitantes, si bien no tendrá que dar el aval judicial en el caso de que el Gobierno regional decida el cierre perimetral completo de la región al estar bajo el paraguas legal del estado de alarma.

Las áreas sanitarias con restricciones afectan a doce municipios de toda la región: Madrid capital, Collado Villalba, Guadarrama, Majadahonda, Pozuelo de Alarcón, Parla, Colmenar Viejo, Morata de Tajuña, Torrejón de Ardoz, El Boalo, Villarejo de Salvanés y Colmenar de Oreja.

El escrito para la ratificación judicial aún no ha llegado a la Sala de lo Contencioso-Administrativo, pero se espera para lo largo de la mañana. De este modo, la decisión que tomen los magistrados se conocerá el próximo jueves o viernes al tener de plazo de tres días para deliberar sobre la resolución.

También tendrá que pronunciarse sobre la prohibición de reuniones desde la medianoche hasta las 6 horas o las restricciones de aforo en hostelería, establecimientos comerciales o instalaciones deportivas.

Previsiblemente las nuevas medidas serán ratificadas en la misma línea que el TSJM ha avalado las limitaciones en anteriores zonas básicas de salud, que ya han logrado reducir a menos de 500 su incidencia de acumulada. Y lo tendrá de nuevo que hacer en el caso de que haya nuevas limitaciones por áreas sanitarias, pero no si el Ejecutivo autonómico quiere “ir más allá” en las restricciones de movilidad.

La Sala da validez a estas medidas dado que “los límites impuestos a la libertad de circulación se deben al intento de preservar el derecho fundamental a la salud e integridad física, un derecho prevalente en la medida que es presupuesto del ejercicio de otros derechos fundamentales”.

En cambio, en el caso de que el Gobierno regional decida el cierre perimetral completo de Madrid y prohíba las entradas y salidas de la región no necesitaría el aval judicial al estar bajo el paraguas legal del estado de alarma.

El consejero de Sanidad, Enrique Ruiz Escudero, ya ha avanzado esta mañana que el Gobierno regional está valorando si decretar el cierre total de la región y ampliar las restricciones de movilidad a distritos y municipios.

Con el estado de alarma, las comunidades autónomas ya pueden amparar sin necesidad de acudir a los tribunales las restricciones que consideren necesarias para limitar derechos fundamentales de los ciudadanos para aplicar medidas sanitarias para frenar los contagios del Covid.

Precisamente, el consejero de Justicia, Interior y Víctimas de la Comunidad de Madrid, Enrique López, ha reprochado esta mañana al presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, que no haya dotado a las CCAA de un instrumento legal estable para poder limitar los derechos con la finalidad de doblegar la curva de contagios del virus.