Madrid
Arranca el cerrojazo total de cuatro días en Madrid
El confinamiento perimetral de la comunidad se une al toque de queda a medianoche y al cierre de 32 zonas de salud para explicar la escena de unas calles (casi) completamente vacías
Ha sido objeto de polémica y de tensión entre los gobiernos central y autonómico, pero el cierre perimetral de Madrid es ya una realidad desde esta medianoche. La presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, firmó este jueves un decreto que limita la entrada y salida de la región durante el Puente de Todos los Santos. Desde este viernes 30 de octubre al lunes 2 de noviembre. Se mantienen todas las medidas contempladas en el anterior Decreto firmado por la presidenta el pasado lunes, como las zonas básicas de salud con restricciones o la posibilidad de asistir a cementerios ubicados en áreas también con restricciones.
Y en paralelo al cierre exterior de la Comunidad se unen otras dos medidas que ayudan a explicar que buena parte de las calles de las principales ciudades estén vacías. Por un lado, el toque de queda entre las doce de la noche y las seis de la mañana. Y, por otro, el cierre de 32 zonas de salud en varias localidades de la región, de las que tampoco se puede salir.
La hora oficial de entrada en vigor de la limitación de la movilidad más allá de las fronteras de la comunidad autónoma es las 00.00 horas de este viernes. Quedará levantado el perímetro el 3 de noviembre también a las 00.00 horas. Y se puede salir, sí, pero sólo con motivo justificado esto es, para la asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios; por cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales, institucionales o legales; asistencia a centros universitarios, docentes y educativos, incluidas las escuelas de educación infantil. También se contempla el retorno al lugar de residencia habitual o familiar, el cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables. Se podrá salir o entrar en la región si se trata de desplazamientos a entidades financieras y de seguros o estaciones de repostaje en territorios limítrofes; actuaciones requeridas o urgentes ante los órganos públicos, judiciales o notariales; renovaciones de permisos y documentación oficial, así como otros trámites administrativos inaplazables; la realización de exámenes o pruebas oficiales inaplazables; o por causa de fuerza mayor. Por otro lado, los trayectos en tránsito a través de la región quedan permitidos.
✕
Accede a tu cuenta para comentar