Okupas

La Policía Municipal de Madrid ha realizado este año casi 300 actuaciones para identificar a “okupas” y desalojarles

Este año, atípico debido a la crisis sanitaria por el coronavirus, se ha reflejado en un significativo descenso en esta actividad delictiva

La Policia Municipal Custodia El Centro Social "La Ingobernable", despues del desalojo que se ha producido en la madrugada de hoy.
Imagen de la Policia Municipal de Madrid durante una actuación contra la ocupación de edificios y viviendasalbertoroldan.comALBERTO R. ROLDAN

Los grupos de Policía Judicial de la Unidad de Investigación y Coordinación Judicial (UICJ) de la Policía Municipal de Madrid realiza entre 600 y 700 actuaciones al año para identificar a “okupas” de viviendas y desalojarles.

Este año, atípico debido a la crisis sanitaria por el coronavirus, ya se han realizado cerca de 300 intervenciones, según datos reflejados en el último número de la Revista del Cuerpo Local.

Además, el 30 por ciento del trabajo de la UICJ está relacionado con usurpaciones de viviendas. Dentro de las funciones de esta unidad policial se encuentra el cumplimiento de los requerimientos judiciales ordenados por los juzgados de instrucción para el desalojo de viviendas, asumiendo los grupos de Policía Judicial funciones de comisión judicial.

Desde ese momento, se responsabilizan de todas las gestiones previas a realizar, así como de la ejecución del desalojo y la entrega de la vivienda a su legítimo propietario.

MODO DE ACTUACIÓN, PASO A PASO

En una entrevista, la intendente Esther de Gregorio ha explicado que cuando reciben en la Unidad los oficios de los juzgados ordenando las diligencias, se asignan a los grupos de Policía Judicial.

“Las identificaciones de las personas que ocupan ilegalmente los pisos puede ser una tarea más o menos sencilla. En algunas ocasiones se realiza de forma inmediata, al personarnos en el inmueble ocupado, pero en otras es necesario emplear muchos recursos, bien por la negativa de los moradores a abrir la puerta o por no encontrarse en el domicilio en el momento en el que se personan nuestros agentes”, ha señalado.

Esto obliga a los agentes a reiterar estas labores durante varios días, incluso festivos, en diferentes franjas horarias, así como realizar todas averiguaciones pertinentes para conocer los horarios de entrada y salida de los ocupantes.

Después de identificar a los ocupantes, informan al Juzgado y generalmente se celebra un juicio por delito leve, previa citación de todos los implicados.

A partir de este momento, lo habitual es recibir de la autoridad judicial la orden de desalojo de la vivienda, que el grupo de Policía Judicial de la Policía Municipal asume como comisión judicial, notificando la fecha y hora del desalojo a los ocupantes, a la propiedad de la vivienda y al procurador, explica.

Además, la Unidad policial solicita a la Jefatura del Cuerpo una Orden de Servicio requiriendo y coordinando los recursos que consideran necesarios en cuanto a las características concretas del desalojo. Así, cuentan apoyo de diferentes Unidades del Cuerpo, como las Unidades de Distrito, la Unidad de Apoyo a la Seguridad (UAS) o la Sección de Análisis de la Información.

IMPORTANCIA DE UNIDADES DE DISTRITO

Las Unidades de Distrito les son muy necesarias porque trabajan a diario en ese territorio y disponen de información detallada de la zona. Además, saben exactamente qué es lo que ha ocurrido en el pasado con desalojos similares y si han intervenido en ocasiones anteriores identificando a los ocupantes. Por otra parte, la presencia de la UAS evita posibles conflictos, a la vez que se ofrece protección directa a los agentes actuantes.

Con todos los recursos mencionados, se ejecuta el desalojo en el día y hora que acuerdan. “Nos personamos en la vivienda y, si no se producen incidencias, se hace entrega a la propiedad, quien se encarga de instalar las medidas necesarias para evitar que el inmueble vuelva ser "okupado”, cuenta la intendente.

En la mayoría de las ocasiones, los ocupantes la abandonan voluntariamente, pero en otras es necesario aplazar o suspender el desalojo por diferentes motivos. Finalmente, los agentes actuantes remiten un oficio al Juzgado adjuntando todas las diligencias realizadas, como notificaciones, citaciones, actas, fotografías, etc.