Conflicto

Los vecinos de Ciudalcampo ganan la batalla al ayuntamiento socialista de San Sebastián de los Reyes

Una sentencia dictamina que el consistorio tendrá que depurar las aguas residuales en el plazo de un mes

Urbanización Ciudalcampo sin agua potable desde hace 10 años.
Urbanización Ciudalcampo sin agua potable desde hace 10 años.Gonzalo Pérez MataLa Razón

La justicia le ha dado la razón una vez más a la comunidad de vecinos de Ciudalcampo. Por ello, el Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes, al mando de Narciso Romero (PSOE), tendrá que solucionar el problema de la depuración de las aguas residuales que, además de causar perjuicios medioambientales, afecta a los aproximadamente 4.500 habitantes de la urbanización.

Estos se han visto interpelados por problemas con el agua desde que la legislación europea con respecto a las cantidades de arsénico permitidas se traspuso a la española y el agua del pozo del que se abastecían los vecinos pasó a ser no potable, pues tanto la Organización Mundial de la Salud (OMS) como el Real Decreto 140/2003, de 7 de febrero (disponible para su consulta en el BOE) recomiendan no superar los 10mg/l2.

Esto hizo que, desde entonces, ya no solo no pudieron beber agua del grifo por los altos niveles de arsénico en su caudal, perjudiciales para la salud por su toxicidad y por la dificultad de depurarlo; sino que también tuvieron que comenzar a adaptar sus vidas a los horarios de los cortes de agua, yéndose en ocasiones a trabajar sin poder asearse en condiciones previamente. En ese contexto, los vecinos reclamaban soluciones por parte del Ayuntamiento.

La urbanización sufre desabastecimiento de agua potable desde hace años

Afeaban además que el gasto en los Impuesto sobre Bienes Inmuebles (Ibi) o la tasa de Vados no se corresponde con el servicio ofrecido por el Consistorio de San Sebastián de los Reyes, que «se desquita de arreglar las infraestructuras de las calles y la iluminación», tal y como contaron a este periódico hace unos meses. La promotora de la urbanización se encargaba de ese tipo de cuestiones hasta que la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local obligó a los distintos ayuntamientos a acometerlas.

Urbanización Ciudalcampo sin agua potable desde hace 10 años.
Urbanización Ciudalcampo sin agua potable desde hace 10 años.Gonzalo Pérez MataLa Razón

En el caso de Ciudalcampo, 1/4 de la misma pertenece a Colmenar Viejo y 3/4 a San Sebastián de los Reyes.Por su parte, el Ayuntamiento de este último municipio aseguró estar en comunicaciones tanto con el canal de Isabel II como con los afectados para implantar la red de agua potable; mientras que el Canal de Isabel II insistió en que ambos consistorios habían recibido la última versión del convenio para acatar este problema y que tanto la distribución como el alcantarillado son competencias municipales.

El Auto del 29 de julio de 2022

Ahora, el Auto de 29 de julio de 2022 del Juzgado de lo Contencioso administrativo número 9 de Madrid le da la razón tanto a los vecinos como al Canal y rechaza las alegaciones del PSOE para evitar la ejecución provisional de una Sentencia del 4 de abril que recogía que era competencia del Ayuntamiento solventar el conflicto. Esto se traduce en la ejecución de la sentencia y en que el Consistorio tiene un mes para iniciar los trámites para asumir la depuración de aguas residuales de Ciudalcampo.

El fallo del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 09 de Madrid, al que ha tenido acceso La Razón, recoge que la sentencia obliga al Ayuntamiento demandado a que «se haga cargo de un servicio -que en un principio correspondía gestionarlo a la Comunidad de Propietarios actora-, precisamente porque dicho servicio debido al transcurso del tiempo y a las circunstancias cambiantes sobrevenidas, la obligación de la Comunidad de Propietarios a gestionarlo ha desparecido».

Añade que el servicio referente a la evacuación de las aguas residuales es un servicio municipal, sin perjuicio de que el Ayuntamiento inste a la Comunidad Autónoma, que tiene asumida actualmente la competencia, para que se haga cargo de la gestión de él. Por tanto, la ejecución de la sentencia de forma provisional no causa perjuicios de difícil o imposible reparación. Al tratarse de la asunción del Servicio por quien debe gestionarlo o instar a la Comunidad Autónoma a que se haga cargo de su gestión, evitando así una carga a la Comunidad de Propietarios que en la actualidad no tiene que soportarla por los argumentos que se vierten la sentencia.

Urbanización Ciudadelcampo sin agua potable desde hace 10 años.
Urbanización Ciudadelcampo sin agua potable desde hace 10 años.Gonzalo Pérez MataLa Razón

Por último, especifica que el Ayuntamiento deberá «iniciar los trámites de ejecución en un plazo máximo de un mes a contar desde el día siguiente a la notificación de esta resolución». La sentencia podría facilitar la vida de los vecinos de la urbanización, quienes según contaron se vieron desprovistos de alternativas para superar el problema con el agua hace años y la mayoría terminó adoptando soluciones individuales como la de instalar dispensadores de agua potable en casa.

Esto implicaba, como se puede ver en las imágenes que ilustran esta noticia, además del previsible gasto extra, un cúmulo de garrafas en las casas que, de no tenerse, en situaciones como la de la borrasca Filomena, podrían haber desembocado en que los ciudadanos, muchos de ellos con niños, quedaran sin agua apta para su consumo. Por su parte, el Partido Popular del municipio, liderado por Lucía S. Fernández, ha celebrado la noticia tras meses instando a que se firmara un convenio entre el Ayuntamiento y el Canal de Isabel II.