Escapadas

Calendario laboral en Madrid: maratón de cinco festivos en los próximos dos meses

Tanto el día de Todos los Santos como la festividad de la Virgen de la Almudena caen en martes. Se abren, por tanto, esas dos primeras opciones de puente

Se escapa el verano, pero sigue apeteciendo hacer planes.. Y, para los aficionados a las escapadas, el calendario laboral de los 71 días que le quedan a este año nos deja varias posibilidades. En primer lugar, con la llegada de noviembre, el día de Todos los Santos, que este año cae en martes. Después, una semana para ser exactos, le llega el turno a un festivo en la capital. Por su patrona, la Virgen de la Almudena, día 9, también martes. Se abren, por tanto, esas dos primeras opciones de puente.

En diciembre, el 6, Día de de la Constitución, y el 8, día de la Inmaculada Concepción, caen en martes y jueves. Para acabar el año, el último festivo se mueve de fecha. Al caer en domingo el 25, día de Navidad, el festivo se traslada al día 26.

Fiestas laborales de la Comunidad de Madrid hasta fin de año

  • 1 de noviembre (martes), Todos los Santos.
  • 6 de diciembre (martes), Día de la Constitución Española.
  • 8 de diciembre (jueves), Inmaculada Concepción.
  • 26 de diciembre (lunes), traslado del descanso del 25 de diciembre, Natividad del Señor

Fiestas del municipio de Madrid hasta fin de año

  • 9 de noviembre (miércoles), Nuestra Señora de la Almudena

Días inhábiles

Son días inhábiles, en el ámbito de la Administración General del Estado, a efectos de cómputos de plazos:

  • En todo el territorio nacional: los sábados, los domingos y los días declarados como fiestas de ámbito nacional no sustituibles, o sobre las que la totalidad de las Comunidades Autónomas no ha ejercido la facultad de sustitución.
  • En el ámbito territorial de las Comunidades Autónomas: aquellos días determinados por cada Comunidad Autónoma como festivos.
  • En los ámbitos territoriales de las Entidades que integran la Administración Local: los días que establezcan las respectivas Comunidades Autónomas en sus correspondientes calendarios de días inhábiles.

Los días hábiles son diferentes a los laborales, por tanto los sábados aunque se consideren inhábiles siguen siendo días laborables.

¿Quién fija el calendario laboral?

La competencia para fijar el calendario de fiestas laborales corresponde al Consejo de Gobierno, si bien la decisión se adopta una vez consultados los grupos parlamentarios de la Asamblea de Madrid, la Iglesia Católica y las instituciones económicas y sociales representativas en la Comunidad de Madrid. El artículo 45 del Real Decreto 2001/1983 distingue dentro del conjunto de fiestas nacionales tres tipos de festivos. De una parte, las fiestas no sustituibles, aquellas otras que las comunidades autónomas pueden sustituir por fiestas propias, y un tercer caso en el que las autonomías también puedan cambiar por fiestas propias las fiestas nacionales cuya celebración haya de trasladarse a lunes por coincidir en domingo