Memoria Histórica

Querella por prevaricación contra la delegada del Gobierno en Madrid

Autorizó la concentración de un grupo memorialista ante el Congreso de los Diputados cuando había reubicado una manifestación de signo contrario el día antes

Los concentrados de la Asociación por la Reconciliación y la Memoria Histórica, con una foto de Calvo Sotelo, junto al Palace
Los concentrados de la Asociación por la Reconciliación y la Memoria Histórica, con una foto de Calvo Sotelo, junto al PalaceLa RazónLa Razón

La Asociación por la Reconciliación y la Memoria Histórica, que vio frustrado su deseo de manifestarse ante el Congreso de los Diputados el mismo día que se aprobaba la Ley de Memoria Democrática cuando al día siguiente se permitió hacerlo a una entidad memorialista, ha presentado una querella por presunta prevaricación contra Mercedes González Fernández, delegada del Gobierno en la Comunidad de Madrid.

Con motivo de la aprobación de la nueva Ley de Memoria, la Asociación por la Reconciliación y la Memoria Histórica comunicó a la Delegación del Gobierno la realización de una concentración frente a la Cámara Baja el pasado 13 de julio a las 18:00 horas. La delegada contestó ubicándoles «en la Plaza de las Cortes, en el espacio comprendido entre la Plaza de Cánovas del Castillo y la confluencia de las Calles Duque de Medinaceli y Marqués de Cubas con la Plaza de las Cortes», frente al Hotel Palace, unos metros más abajo del lugar que deseaban, y entre las 19:30 y las 22:00 horas.

El 13 de julio, como estaba previsto, la asociación convocante acudió, «en el ejercicio legítimo de su derecho de reunión», y «junto a ciudadanos convocados» a la concentración «que debía desarrollarse frente al Congreso, al ser un sitio de especial visibilidad y, en definitiva, en el que se había acordado celebrar». A pesar de ello, en el momento de iniciarse la cita, las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado informaron al presidente de la asociación querellante de que «debía celebrarse más abajo», concretamente «unos metros más allá del Congreso, en la confluencia de las Calles Duque de Medinaceli y Marqués de Cubas, con el perjuicio inherente en tal cambio: de un lado, la pérdida de visibilidad de los manifestantes y la limitación ilegítima de su derecho de reunión; por otro, la pérdida de ocasión de ser vistos desde el Congreso, lugar donde se debate la aprobación de la Ley que es acicate de la concentración».

Pero los querellantes aseguran que «si tal hecho ya supone, per se, una conducta contraria a Derecho, cabe ir más allá», porque el 14 de julio, «es decir, un día más tarde de la concentración» convocada por ellos, «la delegación gubernamental tomó conocimiento de otra de una asociación que defendía la nueva Ley de Memoria Democrática y que se celebró, sin ninguna limitación ni restricción, en la zona peatonal de las Cortes, justo enfrente del Congreso (lugar, cabe recordar, donde se debería haber celebrado la de la asociación» que busca ahora justicia.

Los manifestantes autorizados al día siguiente a situarse frente al Congreso de los Diputados
Los manifestantes autorizados al día siguiente a situarse frente al Congreso de los DiputadosLa RazónLa Razón

Por este motivo, la lectura que hace la Asociación por la Reconciliación y la Memoria Histórica es que «en función del signo político de quien sea el convocante se produce una diferenciación, sin base legal alguna, que supone una limitación ilegítima del derecho de reunión».

La entidad requirió así mismo, con base en la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno, los datos sobre su resolución y la del grupo contrario, para probar la «diferencia en el trato». Así tuvo acceso al escrito del representante del Encuentro de Asociaciones de Memoria y Víctimas del Franquismo, en el que comunicaba su reunión.

Según los querellantes, la delegada del Gobierno, «en función del sesgo ideológico de la asociación convocante, permite el normal desarrollo de las concentraciones o, por el contrario, reduce su visibilidad y modifica su recorrido o lugar de celebración».

Para ello, la «única explicación» que les ofrecieron los agentes de Policía Nacional presentes fue «que no se podía celebrar una concentración enfrente del Congreso en la misma fecha de celebración de Pleno». Sin embargo, este motivo «no puede acogerse, por cuanto el día 13 de julio, día previsto» para la cita de la Asociación por la Reconciliación, «no había Pleno convocado, a diferencia de lo ocurrido el día 14 de julio, cuando sí lo había y cuando se permitió la concentración de la otra asociación».

Y «prueba de ello es la respuesta» aportada al juzgado del director general de la Policía, de fecha 13 de septiembre, en la que Francisco Pardo Piqueras expone que «se cumplieron las directrices establecidas en la Resolución de la Delegación del Gobierno en Madrid, sin modificación alguna».

«Una resolución arbitraria a sabiendas de su injusticia»

Según la entidad querellante, los hechos son constitutivos de un delito de «prevaricación del artículo 404 del Código Penal», cuyo tenor literal establece lo siguiente: «A la autoridad o funcionario público que, a sabiendas de su injusticia, dictare una resolución arbitraria en un asunto administrativo se le castigará con la pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público y para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo por tiempo de nueve a quince años». El escrito presentado el pasado día 11 incluye la solicitud de declaración de la querellada –Mercedes González, delegada del Gobierno– en calidad de «investigada», así como la de Francisco Pardo Piqueras, director general de la Policía, en condición de «testigo», junto a «las que se deriven» del proceso.