Cambio legal
Madrid pone coto a los delincuentes sexuales en el deporte
La ley Omnibus, que se prevé aprobar hoy, trata de evitar que profesionales con antecedentes tengan contacto con menores
Madrid estrecha el cerco a los delincuentes sexuales y tratará de impedir que éstos entren en contacto con los menores en el ámbito deportivo. Lo hará a través de la Ley de medidas urgentes para el impulso de la actividad económica y la modernización de la Administración, conocida como Ley Omnibus, que se prevé aprobar hoy en la Asamblea de Madrid. Se trata de una modificación de la Ley 6/2016, de 24 de noviembre, por la que se ordena el ejercicio de las profesiones del deporte, que servirá para impedir que delincuentes sexuales puedan relacionarse con menores y que no hace otra cosa que recoger lo que ya figura, desde 2015, en la ley estatal de protección a la infancia y a la adolescencia, solo que de manera ampliada. Así, se añadirán tres nuevos apartados al artículo 2 de la norma de tal manera que profesionales del deporte y voluntarios deban disponer de certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales y Trata de Seres Humanos.
El cambio legislativo prevé también la «elaboración de protocolos de actuación que permitan la mejora de los entornos seguros en el ámbito deportivo y de ocio, que deberán ser aplicados en todos los centros que realicen actividades de este tipo y, en todo caso, en la Red de Centros de Alto Rendimiento y Tecnificación Deportiva, en las actividades vinculadas a las federaciones y a las escuelas municipales», aseguran fuentes del Ejecutivo autonómico.
La Ley que ahora se modifica regula el ejercicio profesional por cuenta propia y ajena y se aplica tanto si dichas personas reciben una retribución por sus servicios o en régimen de voluntariedad.
En el caso de que estas personas cometieran delitos sexuales y fueran incluidos, como prevé la Ley Orgánica 8/2021 de protección integral a la infancia y la adolescencia, en el citado Registro General, serían suspendidas de manera inmediata en sus servicios.
Hasta ahora, la legislación estatal exigía como requisito para el acceso y ejercicio a las profesiones, oficios y actividades que impliquen contacto habitual con menores, el no haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, que incluye la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así como por trata de seres humanos. De esta manera, quien pretenda acceder a profesiones que impliquen el contacto con menores, deben acreditar una certificación negativa del una certificación negativa del Registro Central de delincuentes sexuales. La Comunidad de Madrid reforzaría así en el ámbito deportivo esta medida preventiva y de protección, para evitar casos de abusos como los que se conocen a través de los medios de comunicación.
«Con estos cambios, que afectan a estos profesionales tanto en el ámbito privado como en el sector público, el Ejecutivo regional quiere dar una respuesta transversal para asegurar la protección de los menores», añaden las mismas fuentes. Se trata de uno de los puntos recogidos en la Ley Omnibus que cuenta con el apoyo de PP y Vox hace unas semanas. Esta norma incluye modificaciones en medio centenar de textos normativos, entre ellos 31 leyes, tres decretos legislativos, seis nuevas regulaciones de rango legal y dos decretos. Incluye, además, la derogación total o parcial de cuatro leyes y otros cuatro decretos.
Otro de los cambios que introduce la norma será que la Comunidad de Madrid va a permitir a los municipios con población igual o inferior a 20.000 habitantes formar Mancomunidades de Interés General con personalidad jurídica propia, siempre que actúen en cumplimiento de unos objetivos.
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