
Tráfico
Cómo sobrevivir a Madrid Central: qué es, restricciones y multas según tu etiqueta
Entró en vigor el 30 de noviembre de 2018 como parte de una estrategia municipal para mejorar la calidad del aire

Madrid Central es mucho más que un nombre en los mapas de la capital española: es la zona de bajas emisiones que ha transformado la movilidad urbana, con el objetivo de reducir la contaminación y mejorar la calidad del aire. Para muchos conductores, estas medidas han significado adaptarse a nuevas reglas, restricciones y, en algunos casos, multas, especialmente si se desconoce cómo funciona el sistema.
Conducir por el centro de Madrid ya no es solo cuestión de saber orientarse por las calles, sino también de conocer qué vehículos pueden circular según la etiqueta ambiental de la Dirección General de Tráfico (DGT). Esto ha generado dudas entre los ciudadanos, que buscan alternativas para moverse sin riesgo a sanciones. A través de estas medidas, el Ayuntamiento pretende equilibrar la movilidad y la sostenibilidad, incentivando el transporte público, la bicicleta y los vehículos menos contaminantes.
Guía rápida sobre Madrid Central
Ante la falta de conocimiento por parte de muchos españoles, el influencer madrileño Helio Roque ha explicado cómo funciona Madrid Central y cómo los conductores pueden evitar multas. Según el madrileño, Madrid Central es la zona de bajas emisiones, creada el 30 de noviembre de 2018 "para controlar que el aire de la capital no fuera una mierda". El perímetro está claramente delimitado por líneas rojas, y "si pasas, estas amables cámaras te cogerán", advierte.
El control de acceso se realiza a través de las etiquetas de la DGT. Roque detalla: "La etiqueta 0 es dios, tú puedes hacer lo que tú quieras y gratis. La Eco también está muy bien, pero ligeramente peor. Si tienes un turismo, puedes acceder libremente a Madrid Central. También puedes aparcar en la vía pública y en los servicios de estacionamiento regulados, pero pagando. Y en caso de alerta por contaminación, tan solo puedes circular, pero no puedes aparcar para los vehículos de empresa de reparto".
Sobre la etiqueta C, explica que "para sorpresa de muchos, es mejor que la B en algunos casos". En cuanto a la etiqueta B, Roque aclara que "los turismos no pueden entrar a menos que cumplas alguna de estas circunstancias: vayas a un parque público, estés empadronado en el distrito Centro, transportes a una persona con movilidad reducida con la tarjeta correspondiente, tengas una plaza de aparcamiento en propiedad o en alquiler, estés con la autoescuela o lleves a alguien al colegio".
Por último, sobre las sanciones es claro: "Si te lo saltas, la multa son 200 euros, majos, esos son unos veinte meses de abono transporte joven, 100 si pagas pronto". Según él, aunque Madrid Central ha demostrado mejorar la calidad del aire, "para algunos está visto como una medida un poco elitista porque reduce el acceso al centro a las personas que puedan comprarse un coche eléctrico. Por otro lado, el Ayuntamiento ha dicho que hay transporte público de sobra para poder ir a Madrid Central sin que esto sea un problema".
Próximas novedades en la ZBE
La Zona de Bajas Emisiones (ZBE) de Madrid, conocida como Madrid Central, se enmarca dentro de la Ordenanza de Movilidad Sostenible, que establece restricciones progresivas al acceso y circulación de vehículos en función de su clasificación ambiental. A partir del 1 de enero de 2025, la ZBE prohíbe el acceso y la circulación de todos los vehículos clasificados con etiqueta A en el Registro de Vehículos de la Dirección General de Tráfico.
Para facilitar la adaptación, el Ayuntamiento estableció un período de aviso hasta el 31 de diciembre de 2025, durante el cual los titulares de estos vehículos recibirán comunicaciones informativas en lugar de sanciones. A partir del 1 de enero de 2026, los accesos no autorizados serán sancionados con una multa de 200 euros.
Sin embargo, el Ayuntamiento contempla autorizaciones excepcionales para casos específicos, como vehículos conducidos por personas con movilidad reducida, vehículos históricos o aquellos que justifiquen una necesidad urgente. Estos deberán cumplir con los requisitos establecidos en la Ordenanza de Movilidad Sostenible (OMS) del Ayuntamiento de Madrid.
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