
Sucesos
Condenada a tres años de cárcel por matar a su pareja de una puñalada
El juez considera que no fue un homicidio doloso: no quiso matar a su pareja, sino lesionarle

La Audiencia de Madrid ha condenado a tres años de cárcel a una mujer acusada de matar a su pareja en 2020 en Villa del Prado, clavándole un cuchillo en el hombro, al considerar que no cometió un homicidio doloso, adrede, sino que quiso lesionar a su novio y lo mató fruto de una imprudencia, cuando estaba bajo los efectos del alcohol.
La sentencia de la Sección Séptima de la audiencia madrileña, a la que ha tenido acceso EFE, sigue el veredicto del jurado, que a su vez siguió principalmente la tesis planteada por su defensa. Por contra la Fiscalía solicitaba para la acusada 14 años de cárcel por homicidio doloso, perpetrado con la intención de matar.
El jurado popular determinó que el día 6 de junio de 2020 de madrugada la acusada se encontraba con su pareja, Rodolfo B.S., en su vivienda de la urbanización El Encinar del Alberche de la localidad de Villa del Prado, y en el transcurso de una discusión ella le clavó a él un cuchillo de 17 centímetros de hoja en el hombro izquierdo. La herida causó a la víctima una hemorragia por la que se acabó desangrando, y murió en pocos minutos.
La acusada clavó el cuchillo a su pareja "con la intención de lesionarle, pero dado el lugar en el que lo hizo y puesto que alcanzó una arteria, le produjo la muerte, lo que Lucía no quería que sucediera, aunque debió haber previsto que podía pasar", según los hechos probados por el jurado.
De hecho, poco después del suceso Lucía intentó "por todos los medios a su alcance" auxiliar a su pareja: buscó las llaves del coche para llevarlo a urgencias, llamó al 112 en repetidas ocasiones y le hizo un torniquete y una reanimación cardio-pulmonar. Además, según el relato de hechos probados, colaboró "activamente" con los investigadores policiales, facilitando datos y dejando que tomaran muestras de ADN. La acusada había consumido ese día bebidas alcohólicas y tenía levemente afectadas sus facultades intelectivas y volitivas.
La sentencia recuerda que, según el testimonio de la procesada, aquel día ambos discutieron por celos de él hacia ella, y ella se quitó el anillo de compromiso e hizo ademán de irse, lo que provocó que él cogiera un cuchillo y le dijera que la iba a matar. Forcejearon y, según el relato de la acusada, él se clavó el cuchillo, aunque finalmente se considera probado que sí fue ella la que se lo clavó. Ambos estaban borrachos.
La sentencia condena a la acusada por un delito agravado de lesiones a dos años de cárcel, y por un delito de homicidio por imprudencia grave a uno año de prisión, explicando que "el resultado mortal es imputable a la acusada a título de imprudencia grave, puesto que aunque su intención no era matar a Rodolfo (...) debió valorar esta posibilidad al clavarle un cuchillo de grandes dimensiones, y no lo hizo".
Aplica la circunstancia agravante de parentesco y las atenuantes de embriaguez, de reparación del daño y de dilaciones indebidas en la causa. También ordena que indemnice con 30.000 euros a cada uno de sus dos hijos.
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