Transportes

Coto a la competencia desleal de los VTC en Madrid

El último Pleno de la legislatura en la Asamblea prevé aprobar hoy el régimen sancionador para el sector con multas de hasta 6.000 euros

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VTCNoemí PáramoLa Razón

Los vehículos de alquiler con conductor (VTC) mantendrán su actividad en Madrid, pero con un régimen sancionador que ponga freno a posibles irregularidades con sanciones que variarán en función de tres rangos: las muy graves, cuyo importe oscilará entre los 801 y los 6.000 euros; las graves, con multas entre 301 y 800 euros; y las leves, entre 100 y 300 euros.

Es lo que ocurrirá después de que hoy, previsiblemente, el Pleno de la Asamblea de Madrid apruebe, por fin, el dictamen de la Comisión de Transportes e Infraestructuras sobre la proposición de ley que modifica la Ley de Ordenación y Coordinación del los Transportes Urbanos de la Comunidad.

Madrid ya fue pionera al regular que los VTC pudieran seguir ejerciendo su actividad al desarrollar el llamado «Decreto Ábalos». Ahora esa normativa queda complementada con el régimen sancionador a falta de que la actividad se regule de forma reglamentaria, que será el próximo paso que se dé.

De momento, con esta regulación, lo que se pretende es «ordenar el sector y evitar conductas que distorsionen la competencia», expone el dictamen. Y es que conductas irregulares no podían ser sancionadas hasta ahora porque no estaban tipificadas.

Así, ya se podrá sancionar la falsificación de las licencias municipales o cuando se realice un servicio de transporte distinto al que ampara la autorización del Ayuntamiento, el incumplimiento del régimen tarifario, que se preste un servicio con otro coche distinto que no reúna las condiciones legales exigibles, o la búsqueda, recogida o captación de clientes por parte de los VTC que no hayan contratado ni solicitado previamente el servicio por medio de la aplicación correspondiente. También será sancionable no llevar los distintivos correspondientes que permitan identificar que el vehículo está destinado al transporte de viajeros, entre otras medidas.

La norma se aprueba en el último pleno de la legislatura después de que los populares intentaran cumplimentar este trámite por la vía de urgencia, lo que fue rechazado por Vox, mientras que Más Madrid y Unidas Podemos presentaron enmiendas a la totalidad de la ley.

Los de Rocío Monasterio ya dijeron que darán su apoyo a esta nueva regulación, si son incluidas sus enmiendas. Ayer, la Consejería de Transportes e Infraestructuras confirmó que habían sido incluidas la totalidad de sus propuestas, con lo que, salvo sorpresa de última hora, el camino queda expedito para que la iniciativa reciba el visto bueno de la Cámara con los votos favorables de PP y Vox.

El espíritu de la nueva normativa, que entrará en vigor una vez que se publique en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, aspira a que el sector del taxi pueda convivir con el de los VTC con medidas de control para estos vehículos para evitar una posible competencia desleal.

Entre las medidas que Vox asegura haber logrado incluir en la llamada «ley del Taxi y VTC» figuran que haya un número «sensato» de taxis y VTC acorde al número de población de una localidad. No habrá una regulación de precios de los VTC, salvo en situaciones de abuso. «Sus precios no estarán sujetos a tarifas administrativas», dice el texto legal, aunque «reglamentariamente se podrán establecer para circunstancias excepcionales en las que la alta demanda de servicios haga preciso situaciones desmedidas para los usuarios».

También se prevé exigir requisitos para evitar que conductores con menos de un año de experiencia en el carné o sin formación puedan desempeñar el servicio de un VTC. Así, los conductores tendrán que tener la correspondiente autorización y cumplir determinados requisitos que se establecerán reglamentariamente.

El número de taxis y VTC estará en relación con la población del municipio. De este modo, «se procederá a denegar nuevas autorizaciones de arrendamiento de vehículos con conductor cuando la proporción entre el número de las autorizaciones de arrendamiento de vehículos con conductor autonómicas otorgadas por el órgano competente de la Comunidad de Madrid , junto con las estatales habilitadas para prestar servicios urbanos, y el número de las autorizaciones concedidas para realizar transporte de viajeros en automóviles de turismo domiciliadas en la Comunidad de Madrid sea superior a una de aquellas por cada treinta de estas».

La regulación deja claro que los municipios serán los competentes, con carácter general, para la ordenación, gestión, inspección y sanción de los servicios urbanos de transporte público de viajeros que se lleven a cabo dentro de las distintas localidades, «salvo en los servicios de arrendamiento de vehículos con conductor que serán competencia de la Comunidad de Madrid», reza el texto.