Infracciones
¿Está permitido celebrar fiestas en casa en Nochevieja?
Madrid, ni casi ninguna provincia, cuentan con una regulación específica para mañana, a excepción de Sevilla. Superar los límites de lo que se considera «contaminación acústica nocturna» puede conllevar multas por «infracción muy grave»
A un día de que se celebren las campanadas, muchas familias y casas ultiman los detalles para organizar sus fiestas privadas. En una cita como Nochevieja, los vecinos ponen a prueba los límites de su paciencia, sin tener en cuenta los límites legales que existen para este tipo de celebraciones en los domicilios.
Lo cierto es que, excepto en el caso de Sevilla, el resto de grandes ciudades no cuentan con una referencia legal específica sobre las celebraciones privadas en Nochevieja. La normativa de la capital andaluza sobre Contaminación Acústica recoge que «Las celebraciones que se desarrollen los días 24, 25 y 31 de diciembre y 1 de enero, podrán hacerlo en cualquier período del día salvo entre las 04:00 y las 12:00 horas». Así, mientras en Sevilla el periodo de tolerancia a los ruidos se extiende hasta ya avanzada la madrugada, el resto de capitales de provincia, como Madrid, se tendrán que adecuar a la normativa habitual. En el caso de la capital española, el horario al que no se permiten ruidos es de las 23:00 horas hasta las 7:00 horas. También es cierto, que fechas tan señaladas como Nochevieja, siempre cuentan con un grado de permisividad mayor por parte de los vecinos.
Sobre la aclaración de lo que se consideran ruidos molestos o nocturnos, el Director Gerente de la empresa de Soluciones Acústicas Aistec, explica en un artículo en su web que: “Una simple conversación entre dos o tres personas con un tono de voz medio genera un nivel de presión sonora (SPL) entre 60 y 63 ó 65 dB. Si sumamos, a esta situación, que una fiesta en una vivienda ubicada en un edificio incita a la reunión de unas 10-15 personas, el SPL sube a niveles 68-75 dB según los tonos de voces (sin tener en cuenta alzamientos de voz por gritos de alegría o de situaciones divertidas que implicarían subidas de hasta 80-85 dB si es en coro con varias personas). A ello tendremos que posiblemente añadir un hilo musical que ambiente la fiesta, por lo que enseguida alcanzamos los 80-85 dB según el volumen que establece el propio usuario atendiendo a normas de civismo. Debe tenerse en cuenta además que en el caso de la música, según su tipo podrán existir transmisiones de vibraciones por estructura debido a las bajas frecuencias».
A todo ello añade que «por lo general, en España el límite de inmisión de ruido en interior que puede llegar a una vivienda durante el día es de 40 dBA y 30 dBA en periodo nocturno, para los casos más restrictivos 35 dBA y 25 dBA». También es preciso recordar que «existe una limitación por ruido de impactos, de entre 40 dB en horario diurno y 35 dB en horario nocturno». Estos ruidos suelen ser generados en el caso doméstico por arrastres de muebles o sillas, taconeo, etc.
Administradores de Fincas de Madrid, sobre las multas
Por su parte, desde el blog de Administradores de Fincas de Madrid, facilitan cuatro consejos para evitar incidentes vecinales durante Nochevieja:
- Informar a nuestros vecinos de que queremos realizar una fiesta en casa.
- Limitar la cantidad de amigos o familiares a los que invitamos.
- Controlar el volumen de la música.
- Saber que la fiesta tiene un principio y un final… y que eso lo sepan nuestros invitados, especialmente cuando se vayan y hagan uso de los espacios comunitarios (ascensor, portales, escaleras, jardines, garaje…), sin quedarse “por ahí”.
También recuerdan que «las sanciones leves pueden llegar a los 600 euros; las graves podrían conllevar una multa que podrá estar entre los 601 y los 12.000 euros; y las infracciones muy graves son como “la producción de contaminación acústica”, podrían tener multas de hasta 300.000 euros.
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