Educación
La jornada partida se impone en los colegios de Madrid con críticas sindicales y el apoyo de los padres
ANPE y CSIF anuncian recursos contra la nueva normativa porque creen que puede crear tensiones
La Comunidad de Madrid acaba el año aprobando la implantación de la jornada partida como criterio general en los colegios públicos de Infantil, Primaria y Educación Especial. El decreto, aprobado en el Consejo de Gobierno, introduce un cambio estructural en el modelo educativo madrileño con el objetivo, según el Ejecutivo autonómico, de mejorar el rendimiento académico del alumnado, favorecer la conciliación familiar y ampliar la capacidad de elección de las familias. Sin embargo, la decisión no ha tardado en generar una fuerte contestación sindical y reabre el debate sobre quién y cómo decide el modelo de jornada en los centros educativos.
El portavoz del Gobierno regional, Miguel Ángel García, defendió la medida tras la reunión del Consejo de Gobierno, subrayando que el nuevo decreto busca «poner el interés del alumno en el centro» y dotar a las comunidades educativas de mayor flexibilidad. El texto establece que, con carácter general, la jornada lectiva se organizará en dos sesiones (mañana y tarde) separadas por un intervalo de dos horas. No obstante, se mantiene la posibilidad de jornada continuada durante los meses de septiembre y junio, un matiz que el Ejecutivo considera clave para adaptarse a las condiciones climáticas y organizativas de inicio y cierre de curso.
Uno de los aspectos más relevantes del decreto es la simplificación del procedimiento para que los colegios públicos puedan solicitar el cambio de jornada. La iniciativa deberá partir de al menos un tercio del consejo escolar del centro, órgano en el que están representados padres, docentes, personal de administración y servicios y representantes municipales. A partir de ahí, el proceso incluirá consultas al claustro, al propio consejo escolar y a las familias, culminando en una votación (presencial o telemática) en la que bastará con que la mayoría de los votos emitidos sea favorable.
Una vez confirmado el resultado, el presidente del consejo escolar lo comunicará a sus miembros y al claustro, y el director del centro lo trasladará a la Dirección de Área Territorial correspondiente. Será su titular quien autorice finalmente el cambio, previo informe del Servicio de Inspección Educativa y atendiendo a criterios organizativos, pedagógicos y de conciliación familiar. Todo el proceso deberá completarse antes del 15 de marzo de cada año para que los centros puedan aplicar la jornada partida en el curso siguiente.
El decreto también introduce una cláusula de salvaguarda: los colegios que ya tuvieran aprobada la jornada continuada antes de la entrada en vigor de la norma podrán mantenerla.
Pese a las explicaciones del Gobierno regional, la reacción de los sindicatos ha sido inmediata. CSIF y ANPE han anunciado recursos judiciales contra la normativa, al considerar que no ha sido negociada en los foros correspondientes y que afecta directamente a las condiciones laborales del profesorado. El presidente de CSIF Educación Madrid, Miguel Ángel González, ha denunciado que la medida «no está fundamentada en ningún estudio pedagógico serio» y que ha pasado por la Mesa Sectorial únicamente de manera informativa. A su juicio, el nuevo sistema rebaja de forma significativa los requisitos de participación: «Antes se exigía la participación del 66 % del censo de padres para validar una votación; ahora basta con la mayoría de los votos emitidos, lo que puede permitir que una minoría decida por toda la comunidad educativa».
ANPE-Madrid, por su parte, ha calificado el decreto como un «despropósito normativo» que atenta contra la participación democrática real, la autonomía pedagógica de los centros y el respeto al trabajo docente. El sindicato advierte de que la norma puede generar tensiones internas.
Frente al rechazo sindical, la FAPA Francisco Giner de los Ríos lo considera positivo. Su presidenta, Carmen Morillas, ha defendido que la jornada partida responde al «interés superior del menor».