Conflicto sanitario
El líder del PSOE en Madrid firmó como alcalde una ordenanza para vetar la publicidad sindical que ahora pide permitir
Juan Lobato, portavoz socialista en la Asamblea de Madrid, apoya ahora las campañas en favor de la huelga sanitaria en los centros de Atención Primaria
El portavoz del PSOE en la Asamblea de Madrid,Juan Lobato, firmó en 2016, cuando era alcalde de Soto del Real, una ordenanza que vetaba la actividad sindical en los equipamientos y dotaciones públicos. Se da la circunstancia de que Lobato, ahora líder de la bancada socialista en el parlamento regional, ha criticado durante el anuncio realizado esta semana por el Gobierno presidido por Isabel Díaz Ayuso para llevar a cabo una inspección en los centros de salud tras detectarse que en estas instalaciones se vienen realizando actividades como pegada de carteles, reparto de folletos y recogida de firmas en apoyo de la huelga sanitaria convocada desde noviembre en la Atención Primaria.
La ordenanza rubricada por el candidato del PSOE al 28-M señalaba que "no se permitirán actividades publicitarias de cualquier clase en los siguientes lugares: (...) Sobre o desde los templos, cementerios, estatuas, monumentos, fuentes, edificios, arbolado, plantas, jardines públicos y recintos anejos destinados por el planeamiento urbanístico para equipamientos, dotaciones y servicios públicos". Dentro de las actividades enumeradas en esa ordenanza, se señalan las de carácter "asistencial, religiosa, cultural, política, sindical, profesional, deportiva y económica".
La semana pasada, LA RAZÓN adelantaba cómo Amyts y otras entidades sanitarias habían impulsado una campaña de recogida de firmas dentro de los centros de salud de la región e, incluso, tal y como aseguran algunos usuarios de la sanidad pública a este diario, en el interior de la propia consulta del médico. En determinados puntos de Atención Primaria, los pacientes pueden encontrar las hojas para firmar en apoyo de las propuestas sindicales en el mostrador de información y de petición de citas situado a su entrada. Este escenario se produce, por ejemplo, en centros de salud de localidades como Arroyomolinos, Pinto o Getafe. También en algunos centros de la capital como el de Valle Inclán (en Latina) y el de Paseo Imperial (en Arganzuela). En otros casos, estas hojas para firmar se encuentran en una mesa a la entrada del centro de salud bajo carteles en los que se insta a «salvar la atención primaria».
Una actividad que, según las fuentes jurídicas consultadas, no está permitida. Y es que los empleados públicos –en este caso, médicos o cualquier otro profesional sanitario– no pueden realizar en su horario laboral actividades sindicales como, por ejemplo, la de instar a pacientes a apoyar con su firma sus reivindicaciones. Tampoco dedicar a tal efecto edificios de titularidad pública. En concreto, todo ello podría vulnerar hasta tres normas: la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud; el Estatuto Básico del Empleado Público; y la Ley 3/2001, de 21 de junio, de Patrimonio de la Comunidad de Madrid.
Junto a Amyts, esta campaña de recogida de firmas está impulsada por entidades como Afem, CSIT-Unión Profesional o Atención Primaria se Mueve. Además de las tablas que los pacientes se encuentran en los centros de salud para introducir sus datos (nombre y apellidos, DNI y firma), también figuran las reivindicaciones sindicales, entre las que destacan el incremento del presupuesto en Atención Primaria, la cobertura inmediata de todas las plazas, la desburocratización de la consulta médica o la reducción del número máximo de personas que puede atender al día cada facultativo.
Contenido de la ordenanza municipal
A efectos de esta ordenanza se entiende por publicidad toda acción encaminada a difundir entre el público el conocimiento de la existencia de una actividad asistencial, religiosa, cultural, política, sindical, profesional, deportiva, económica o de productos y servicios, o cualquier otra dirigida a recabar la atención del público hacia un fin determinado*
3.1. No se permitirán actividades publicitarias de cualquier clase en los siguientes lugares: (...) Sobre o desde los templos, cementerios, estatuas, monumentos, fuentes, edificios, arbolado, plantas, jardines públicos y recintos anejos destinados por el planeamiento urbanístico para equipamientos, dotaciones y servicios públicos.
Soto del Real, a15 de julio de 2016.— El alcalde, Juan Lobato Gandarias
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