Urbanismo

Más balcones, más grandes y edificios en Madrid con «factor verde»

Las nuevas normas urbanísticas que se aprueban hoy en el Ayuntamiento de la capital cambian los cálculos de la edificabilidad e impulsan construcciones sostenibles

Edificios en construcción en la calle Mendez Alvaro de Madrid que tiene en sus terrazas y fachadas zonas verdes. © Alberto R. Roldán / Diario La Razón. 14 07 2023
Edificios Ecologicos y Sostenibles. Zonas Verdes en Terrazas. © Alberto R. Roldán / La RazónAlberto R. RoldánFotógrafos

El Pleno el Ayuntamiento de Madrid prevé aprobar hoy las nuevas normas urbanísticas que promueven mejoras en seguridad y sostenibilidad de las edificaciones. Esto supone un importante cambio de paradigma, ya que las recientes modificaciones han introducido transformaciones clave en el cálculo de la edificabilidad y en los salientes y vuelos de fachada. Estas variaciones excluyen ciertas superficies del cómputo total con el objetivo de permitir mejoras en aspectos cruciales como la seguridad en caso de incendio, la accesibilidad, la sostenibilidad, la salubridad y el confort de los edificios.

Una de las más significativas es la eliminación del cómputo de superficie edificada para aquellos elementos que contribuyan a mejorar la eficiencia energética de los edificios. Ahora, elementos como galerías bioclimáticas, locales de generación, almacenamiento y distribución de energías renovables, chimeneas solares, y el incremento del espesor de los cerramientos (cubiertas y fachadas) para mejorar el aislamiento acústico y térmico, ya no se tendrán en cuenta en dicho cómputo. Además, esta modificación también afectará a las escaleras adicionales y a las zonas de refugio que deban disponerse para cumplir con la normativa de seguridad en caso de incendio.

Elementos comunes

Otra medida destacada es la posibilidad de sobredimensionar elementos comunes de distribución, como escaleras y pasillos, por encima de los requisitos mínimos establecidos por la normativa, con el fin de favorecer la accesibilidad y el confort. Asimismo, esta propuesta permitirá que los locales destinados al alojamiento de vehículos de movilidad personal (bicicletas, patinetes eléctricos, etc.) y los espacios destinados a la recepción de paquetería, conserjería u otros fines similares, no sean considerados en el cómputo de la edificabilidad.

La incorporación de balcones y balconadas también se ve fortalecida, permitiendo un mayor saliente (hasta 0,75 metros en comparación con los 0,45 metros anteriores). Además, se permitirá disponer de terrazas en el espacio libre de la parcela sin que se computen en la edificabilidad, siempre y cuando estén descubiertas en al menos dos plantas.

En cuanto a los miradores, se mantiene su exclusión del cómputo, pero se han modificado sus condiciones para mejorar su comportamiento bioclimático y eficiencia energética. Ahora se permite la incorporación de persianas y otros elementos de protección solar. Además, se admiten cornisas a nivel de todas las plantas como elementos de protección solar, tal y como ha informado el Ayuntamiento de Madrid. «Estas medidas representan un avance significativo en la consecución de objetivos de mejora ambiental y en el establecimiento de mecanismos para la renovación y rehabilitación de las edificaciones. Todo ello en un marco más favorable para lograr los objetivos de confort, accesibilidad, sostenibilidad y eficiencia energética», asegura.

Otra de las modificaciones que permitirán las nuevas normas urbanísticas es el aumento de la superficie vegetal de toda la ciudad gracias al «factor verde». De esta manera, se introduce un nuevo parámetro urbanístico normativo, el «factor verde», que tiene como objetivo mejorar la sostenibilidad ambiental mediante la generación de servicios ecosistémicos del entorno construido, mediante el aumento de la superficie verde total en la edificación, mediante cubiertas y fachadas verdes, y en el espacio libre de parcela mediante su arbolado y ajardinamiento. De este modo, se pretende favorecer las condiciones de confort térmico y bioclimático y del medio ambiente de la ciudad.

«Se aplicará a las obras de nueva planta, sustitución, ampliación y en las de reestructuración y acondicionamiento generales. En las intervenciones sobre edificios sometidos a algún régimen de protección, las soluciones para su aplicación podrán ser moduladas por la Comisión para la Protección del Patrimonio», detallan desde la concejalía de Urbanismo, Movilidad y Medio Ambiente del Ayuntamiento de Madrid.

Isla de calor

La inclusión del factor verde atiende a cuatro objetivos que tienen que ver con la necesidad de contribuir a la reducción del efecto isla de calor, controlar las ganancias solares, mejorar la calidad del aire en factores como la humedad relativa, la fijación de CO2 y de partículas, además de fomentar la cultura de los valores de la naturaleza y la ecología en la actividad de edificación, en la parcela y la ciudad.

«Parámetros similares a los que ahora se incorporan en las normas con el factor verde se aplican con éxito en otras ciudades del mundo. Para la evaluación del factor verde han servido de referencia experiencias similares desarrolladas con éxito en ciudades como Melbourne, Helsinki, Seattle y Londres», aseguran desde el Ayuntamiento de Madrid.

Durante la campaña electoral del 28-M, el entonces candidato José Luis Martínez-Almeida, al ser preguntado por su primera medida en caso de ser elegido alcalde, tenía clara cuál era su prioridad: la aprobación de las nuevas normas urbanísticas de la capital. Su aprobación resulta clave para el desarrollo de la ciudad, teniendo en cuenta, por otro lado, que el actual Plan General de Ordenación Urbana (PGOUM) data de hace más de 25 años. El bloqueo a las nuevas normas en la pasada legislatura por algunos grupos políticos dejó a la capital sin una normativa condensada y actualizada.

Las infraestructuras verdes que se pueden incorporar en las edificaciones:

Fachada verde: instalación vertical dispuesta sobre fachadas exteriores y cubiertas con inclinación mayor de 30 grados, pudiendo ser continua o modular.

Cubierta verde: acondicionamiento vegetal compuesto por un sustrato y vegetación instalados en la cubierta de un edificio cuya inclinación no exceda de 30 grados, pudiendo ser extensiva o intensiva.

Sombra vegetal: aquella que se produce mediante árboles, plantados sobre el terreno o sobre cubiertas intensivas. Puede ser un árbol adulto existente o un árbol nuevo.

Ajardinamiento en rasante: espacio ajardinado con diferentes especies vegetales del espacio libre de parcela sobre el terreno o sobre edificación subterránea como una cubierta verde (por ejemplo, un aparcamiento subterráneo del edificio).