Restricciones

Las tres únicas excepciones que permiten circular sin la etiqueta medioambiental en Madrid a partir del 1 de julio

A partir de este día, aquellos vehículos que sean detectados sin la pegatina de la DGT tendrán que pagar una multa de 200 euros

Cero multas por no llevar la pegatina de la DGT
Multas por no llevar la pegatina de la DGTlarazon

Tras un periodo de gracia de seis meses, dedicado esencialmente a la educación y la difusión de la información, la administración de la ciudad de Madrid está preparada para dar un paso más y, a partir del 1 de julio, se comenzará a imponer sanciones a los vehículos que transiten por la Zona de Bajas Emisiones (ZBE) sin portar la etiqueta ambiental expedida por la Dirección General de Tráfico (DGT). Aquellos vehículos que sean detectados sin la correspondiente pegatina por las cámaras de vigilancia instaladas por el Ayuntamiento en toda la ciudad, estarán sujetos a multas. Sin embargo, se han establecido algunas excepciones a esta norma.

Excepciones en la Zona de Bajas Emisiones (ZBE)

Madrid tiene tres Zonas de Baja Emisión (ZBE) que incluyen la "Madrid ZBE", que abarca todas las vías dentro de la M-30 y la autopista; la "Zona de Bajas Emisiones de Especial Protección (ZBEDEP) del Distrito Centro", que cubre varios barrios y anteriormente se conocía como Madrid Central; y la "Zona de Bajas Emisiones de Especial Protección (ZBEDEP) en Plaza Elíptica", que afecta a 17 calzadas alrededor del intercambiador de Plaza Elíptica, una de las áreas con peor calidad del aire en Madrid.

A partir del 1 de julio de 2024, si se circula en un coche sin etiqueta medioambiental en estas zonas, se deberá pagar una multa de 200 euros. Sin embargo, si se paga la multa dentro de los primeros 20 días después de recibir la notificación, el costo se reduce a 100 euros. Sin embargo, la normativa medioambiental de la Comunidad de Madrid ha previsto tres situaciones específicas en las que se permite la entrada en estas zonas sin la necesidad de portar una etiqueta ambiental de la DGT.

R120, la señal que regula ya la prohibicion acceso vehiculos criterios medioambientales.
R120, la señal que regula ya la prohibicion acceso vehiculos criterios medioambientales.DGT

Vehículos Registrados en Madrid

Los vehículos que están inscritos en la ciudad de Madrid, ya sea en el Registro de Vehículos de la Dirección General de Tráfico (DGT) o en el padrón del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) del Ayuntamiento, están autorizados a circular por la M-30 y la Zona de Bajas Emisiones (ZBE) sin la obligación de mostrar una pegatina ambiental de la DGT.

Vehículos para personas con movilidad reducida

Los vehículos que se utilizan para el transporte de personas con movilidad reducida y que cuenten con una tarjeta de estacionamiento para este colectivo, están exentos de la obligación de portar la pegatina ambiental, pudiendo circular libremente por la M-30 y la Zona de Bajas Emisiones (ZBE).

Vehículos históricos

Los vehículos clasificados como históricos también están libres de la obligación de llevar la etiqueta ambiental de la DGT. Esta excepción se debe, según la Federación Española de Vehículos Antiguos (FEVA), a que el 61% de estos automóviles circulan menos de 20 días al año y recorren distancias cortas, por lo que su impacto medioambiental es prácticamente inapreciable.

Es crucial destacar que estas excepciones están vigentes únicamente hasta el 31 de diciembre del presente año. A partir del 1 de enero de 2025, las regulaciones se endurecerán, lo que implica que los conductores deben anticiparse y prepararse adecuadamente para estos cambios inminentes.

Un vehículo circula dos días después de la entrada en vigor de la Zona de Bajas Emisiones (ZBE), a 3 de enero de 2022, en Madrid, (España). Este 1 de enero ha comenzado en Madrid la ZBE, un espacio en el que tienen prohibida su circulación los vehículos que no posean la etiqueta ambiental de la Dirección General de Tráfico, salvo algunas excepciones. La zona incluye el interior de la almendra central de Madrid y la parte de la ciudad incluida en el perímetro que marca la M-30. 03 ENERO 2022;ZONAS BAJAS EMISIONES;MADRID;DIRECCIÓN GENERAL DE TRÁFICO;DGT Eduardo Parra / Europa Press 03/01/2022
Un vehículo circula dos días después de la entrada en vigor de la Zona de Bajas Emisiones (ZBE), a 3 de enero de 2022, en Madrid, (España). Este 1 de enero ha comenzado en Madrid la ZBE, un espacio en el que tienen prohibida su circulación los vehículos que no posean la etiqueta ambiental de la Dirección General de Tráfico, salvo algunas excepciones. La zona incluye el interior de la almendra central de Madrid y la parte de la ciudad incluida en el perímetro que marca la M-30. 03 ENERO 2022;ZONAS BAJAS EMISIONES;MADRID;DIRECCIÓN GENERAL DE TRÁFICO;DGT Eduardo Parra / Europa Press 03/01/2022Eduardo ParraEuropa Press

¿Cómo solicitar la etiqueta?

Para obtener la etiqueta medioambiental de la Dirección General de Tráfico (DGT), debe verificar qué etiqueta medioambiental le corresponde a su vehículo. Para hacerlo, debe ir al portal de la DGT. Allí, encontrará un buscador donde tendrá que introducir la matrícula de su vehículo. Este proceso también se puede realizar a través de la aplicación de la DGT.

Una vez que haya confirmado qué distintivo ambiental le corresponde a su vehículo, puede proceder a su adquisición. El costo de la emisión de la etiqueta medioambiental es de 5 euros. Se puede adquirir de varias formas. Entre ellas se incluyen las oficinas de correos, la red de talleres de la Confederación Española de Talleres (CETRAA), los gestores administrativos o el Instituto de Estudios de Automoción (IDEAUTO).