Seguridad vial
¿Los ayuntamientos podrán cobrar por usar la acera frente a tu garaje? Esta es la decisión del Tribunal Supremo
Una reciente sentencia del TS permite que los municipios impongan tasas a los propietarios que accedan a garajes a través de aceras, incluso si estas se encuentran en terrenos privados
El Tribunal Supremo ha confirmado que los ayuntamientos podrán cobrar a los propietarios de vehículos que utilicen la acera pública para acceder a sus garajes, a pesar de que esta pueda estar ubicada sobre terreno privado.
Esta medida, respaldada por la Ley de Haciendas Locales, permite que los municipios establezcan una tasa por el uso especial del dominio público, una práctica que ya está siendo aplicada en algunas localidades.
La tasa por entrada y salida del garaje
Según las sentencias emitidas por el Tribunal Supremo el pasado 27 de junio y 16 de septiembre, la ley avala que los consistorios puedan cobrar a los propietarios de los vehículos que atraviesen las aceras para acceder a sus garajes.
Esta decisión se fundamenta en que, aunque el terreno pueda ser de propiedad privada, su uso es considerado público al estar destinado al tránsito peatonal.
Este cobro se justifica por la mayor intensidad en el uso de la calzada que realizan los vehículos al entrar y salir del garaje, lo que, según la sentencia, genera un aprovechamiento especial del espacio público.
La tasa se podrá aplicar sin necesidad de una ordenanza municipal específica, ya que la Ley de Haciendas Locales lo contempla en su Artículo 20.
La Ley de Haciendas Locales y su aplicación
El Artículo 20 de la Ley de Haciendas Locales establece que los ayuntamientos tienen la facultad de imponer tasas por el uso exclusivo o especial de los bienes de dominio público. En su apartado h), se menciona específicamente la posibilidad de cobrar por el acceso de vehículos a través de aceras y la reserva de espacios en la vía pública para aparcamiento, carga y descarga.
El caso del Ayuntamiento de Burgos
Esta normativa ha sido clave en un litigio entre una empresa privada y el Ayuntamiento de Burgos, que reclamaba una tasa de 80 euros anuales a la empresa por el uso de la acera para acceder a su garaje.
Aunque la empresa argumentaba que se trataba de un espacio privado, el consistorio alegó que, al ser utilizado por peatones, era considerado de uso público. Tras varios recursos, el Tribunal Supremo falló a favor del Ayuntamiento, lo que sentó un precedente para que otros municipios puedan aplicar esta tasa.
Este fallo tiene importantes implicaciones para los propietarios de garajes en toda España, quienes podrían empezar a recibir estas tasas por el uso de las aceras para acceder a sus propiedades.
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