Multa

La DGT recuerda que llevar este dispositivo en el coche puede acarrear una multa de 500 euros

El uso de estos dispositivos puede fomentar la conducción temeraria y la falta de respeto a las normas de tráfico

Vehículos
Fotografía de varios vehículos circulando por la autovía A-6 tomada el 26 de agosto de 2022, en Madrid (España)Ricardo RubioEuropa Press

Para que todos podamos viajar con seguridad, es necesario que cualquier maniobra o comportamiento en la carretera esté sometido a unos límites muy claros. En nuestro país, estos límites están impuestos por el Reglamento General de Circulación. En muchos casos, las normas que contempla la normativa son lógicas, razonables y esperables. Sin embargo, hay situaciones donde la voracidad recaudadora de la Dirección General de Tráfico nos sorprende.

Por ejemplo, pueden multarnos por ir demasiado abrigados o por mordernos las uñas (no es una exageración). Ahora bien, los casos mencionados anteriormente son realmente excepcionales… y suponen una ínfima parte de la recaudación total de la Dirección General de Tráfico. En realidad, el grueso de la recaudación se debe a otros hábitos de conducción que son mucho más comunes y peligrosos. Concretamente, el hábito que más infracciones de tráfico motiva es el exceso de velocidad, que supone más del 65% de las multas que se imponen en España.

Hoy le multarán en Madrid si sale de su zona restringida sin justificación
Hoy le multarán en Madrid si sale de su zona restringida sin justificaciónVíctor LerenaAgencia EFE

Y en este caso, sí que es normal que exista mucha preocupación por parte del organismo público con esta infracción. Primero, porque conducir a una velocidad excesiva es uno de los mayores factores de riesgo en carretera y que -según la Fundación Línea Directa y la Universitat de València- uno de cada cuatro accidentes de tráfico con víctimas mortales se puede relacionar directamente con el exceso de velocidad. Y segundo, porque alrededor del 40% de los conductores españoles reconoce abiertamente saltarse los límites de velocidad con frecuencia.

La Dirección General de Tráfico ha recordado a través de sus redes sociales que llevar dispositivos de detección de radares de velocidad en el vehículo está terminantemente prohibido. Estos aparatos permiten al conductor conocer en tiempo real la ubicación de los radares -ya sean fijos, móviles o de tramo- y, por lo tanto, reducir la velocidad sólo en esos puntos, lo que aumenta el riesgo de accidentes en otros tramos de la carretera. Además, el uso de estos dispositivos puede fomentar la conducción temeraria y la falta de respeto a las normas de tráfico, lo que puede poner en peligro la vida de los conductores y peatones.

La propia DGT reconoció el pasado año que los detectores de radares se encontraban en un limbo legal
La propia DGT reconoció el pasado año que los detectores de radares se encontraban en un limbo legallarazon

La infracción está penada con una multa de 500 euros y con la retirada de 3 puntos del carnet. El organismo público recuerda que ni siquiera es necesario utilizarlo para que se imponga esta sanción. El simple hecho de llevarlo en el vehículo ya supone un incumplimiento de la norma… aunque esté parado, estropeado o sin batería. Así que, si tienes uno de estos dispositivos en tu vehículo, lo mejor que puedes hacer es librarte de él… antes de que un agente de tráfico lo encuentre.