DGT
Esta es la edad máxima para renovar el carnet de conducir
La normativa vigente es clara con respecto a las edades en las que se puede renovar este permiso
El carnet de conducir en España es el documento oficial que acredita que una persona está habilitada para conducir vehículos a motor por las vías públicas. Sin este documento, no se puede conducir a menos que tengas un permiso provisional, sino, puede ser motivo de sanción.
En nuestro país, existen varias clases de permisos de conducir, cada uno habilita para conducir distintos tipos de vehículos según sus características, como el peso, la potencia o el número de plazas. Estos permisos están regulados por la Dirección General de Tráfico (DGT) y se dividen principalmente en permisos para ciclomotores, motocicletas, turismos, camiones, autobuses y vehículos con remolque.
Ahora bien, para poder sacarte este carnet la DGT obliga a superar dos exámenes, uno teórico (normas y comportamientos en la carretera), y otro práctico (demostrar que sabes aplicar las normas y circular con un vehículos.
¿Qué edad es al máxima para renovar el carnet de conducir?
Si ya tienes el carnet de conducir en tus manos, debes saber que existen unos periodos de renovación del mismo. Esto se da puesto que los seres humanos en nuestro ciclo vital vamos perdiendo capacidades.
En España como tal no existe una edad exacta en la que te impidan volver a renovar el carnet de conducir. Sin embargo, sí que se reduce el periodo entre renovación y renovación.
Actualmente, a partir de los 65 años en España debes renovar el carnet de conducir cada 5 años. Y, a partir de los 70 años debes hacerlo cada 2 años. Para poder reconocer con exactitud si el conductor ha sufrido alguna enfermedad progresiva que vaya afectando a las capacidades necesarias durante la conducción.
En Perú, se acaba de implementar una nueva normativa que impide renovar el carnet de conducir a partir de los 80 años. Recogida en el Decreto Supremo N.º 007-2016-MCT. Dicha ley pone en manifiesto la pérdida de capacidades físicas y cognitivas a partir de dicha edad.
Ante esta situación, no sería raro que la Dirección General de Tráfico español tome como ejemplo dicho modificación y lo haga también en nuestro país. Ya en el año 2022 se planteó reformar al ley puesto que en ese año, el 27% de los fallecidos en accidentes de tráfico eran mayores de 65 años.
Así lo hizo saber María José Aparicio, subdirectora general de Formación y Educación vial de la DGT que expresaba lo siguiente: "Estas cifras se van a agravar si no hacemos nada, por el envejecimiento de la población".
¿Cada cuánto hay que renovar el carnet de conducir?
La propia Dirección General de Tráfico explica que la vigencia depende del tipo de permiso que tengas en posesión:
- Los permisos de la clase B (turismos) tiene un período de vigencia de 10 años hasta los 65 años. A partir de los 65 años la vigencia es de 5 años.
- Los permisos de las clases C1, C1 + E, C, C + E, D1, D1 + E, D y D + E tienen un periodo de vigencia de 5 años mientras su titular no cumpla los 65 años de edad. A partir de esa edad el período de vigencia será de 3 años.
Igualmente el período de vigencia de las diversas clases de permiso podrá reducirse si, al tiempo de su concesión o de la prórroga de su vigencia, se comprueba que su titular padece enfermedad o deficiencia que, si bien de momento no impide aquélla, es susceptible de agravarse.