Seguridad Vial

¿Tengo que pasar la ITV? ¿Cómo lo hago?

Respuestas a las principales dudas que se plantean los usuarios ante las inspecciones técnicas obligatorias de su vehículo

Imagen de recurso de una ITV
Imagen de recurso de una ITVAECOVAAECOVA

La obligatoriedad de pasar la ITV siempre suscita dudas a los usuarios. La preparación del automóvil y los plazos de inspección son las incógnitas más corrientes. Pero hay otras no menos importantes que se repiten entre los clientes de este servicio. ¿Qué hacer si me rechazan la ITV? ¿Los coches que permanecen estacionados también deben tener la inspección al día? ¿Quién puede pasarla? La inspección técnica de vehículos es un sistema cuyo objetivo es eliminar, en lo posible, el riesgo de accidentes y controlar las emisiones, contribuyendo a una mayor seguridad vial y a una adecuada protección del medio ambiente. Se trata de un procedimiento que se instauró en España en el año 1981 para los vehículos industriales y que en 1985 se generalizó para todos los tipos de vehículos. Aunque su historia es larga y es de obligatorio cumplimiento, aún muchos conductores tienen dudas en torno a la ITV. Por ello, con esta información trataremos de resolver las principales interrogantes surgidas ante este servicio.

ITV
ITVGOBIERNO DE CANARIASGOBIERNO DE CANARIAS

¿Los vehículos estacionados deben tener la ITV en vigor? Sí. El hecho de que un vehículo esté estacionado en la vía pública no le hace perder la condición de estar matriculado, de tal forma que se trata de un vehículo en disposición de circular y conforme lo dispuesto en la normativa aplicable tiene la obligación de someterse a la preceptiva ITV. La única forma de no cumplir con esta obligación es dando de baja el vehículo en la Dirección General de Tráfico y retirándolo de la vía pública. ¿Los inspectores técnicos tienen un porcentaje de rechazos que cumplir? Depende. Según los empresarios del sector, el Real Decreto 920/2017 establece expresamente que los directores técnicos y los inspectores no podrán tener conflicto de interés en su actividad, debiendo mantener en todo momento su imparcialidad y objetividad. Además, las estaciones de ITV están sometidas a inspecciones de las propias Administraciones Públicas y a auditorías de la Entidad Nacional de Acreditación. Actuaciones que garantizan, en todo momento, el cumplimiento de los principios de imparcialidad y objetividad. Pero algunos propietarios de las ITV nos han confirmado que los inspectores exigen un cierto número de rechazos porque, en caso contrario, dudan sobre la profesionalidad de los inspectores y sus instalaciones.

¿Si no superas la ITV, el vehículo puede seguir circulando hasta la segunda inspección? No. Si el defecto o los defectos detectados son calificados como graves, el vehículo no puede circular por las vías públicas excepto para su traslado al taller o, en su caso, para la regularización de su situación y vuelta a una estación ITV para nueva inspección en un plazo no superior a dos meses, contados desde la primera inspección técnica desfavorable. En el caso de que se detecten defectos calificados como muy graves, el vehículo también está inhabilitado para circular y, además, en este caso, el traslado del vehículo desde la estación ITV hasta su destino para que los defectos sean reparados se realizará por medios ajenos al propio vehículo, es decir, en grúa o plataforma. Una vez subsanados los defectos, se deberá presentar el vehículo a inspección en un plazo no superior a dos meses, contados desde la primera inspección negativa.

¿La ITV y el seguro del vehículo deben estar siempre al día? Sí. El seguro obligatorio y la inspección técnica de vehículos deben estar en vigor, en todo momento. Así se especifica en el Real Decreto 920/2017, de 23 de octubre, donde se establece que “será condición previa a la realización de cualquier inspección técnica la acreditación del seguro obligatorio del vehículo”.

¿El titular del vehículo es el único que puede pasar la ITV del mismo? No. Lo relevante es que el vehículo tenga la ITV en vigor, sin importar si es el titular del mismo el que acude a la inspección o no, ya que el procedimiento será el mismo. Lo más importante es que la persona que lleve el vehículo cuente con los documentos de identificación del vehículo, es decir, con los originales de la tarjeta de inspección técnica y el permiso de circulación. La marca, modelo, número de bastidor y matrícula del vehículo deben coincidir con los indicados en la documentación.

¿Realizar la ITV fuera del plazo conlleva un recargo adicional? No. Las estaciones de ITV no pueden sancionar un vehículo por realizar la inspección técnica fuera de plazo. Sin embargo, se corre el riesgo de que los agentes de tráfico interpongan una multa al conductor de hasta 500 euros si te paran sin llevar la ITV en vigor.