Coronavirus
Los bomberos piden protección frente al coronavirus
El sindicato CSIF hace la reclamación “ante la falta de medidas preventivas”
Los miembros del Comité de Seguridad y Salud Laboral y de la Sección sindical del Consorcio para el Servicio de Extinción de Incendios y Salvamento (CEIS) de la Comunidad Autónoma, pertenecientes al sindicato CSIF, han pedido medidas de protección frente al coronavirus. La reclamación se produce “tras las medidas excepcionales en materia de condiciones laborales tomadas por la Gerencia del Consorcio, la falta de medidas preventivas, la falta de información a los miembros de este comité y los representantes de los trabajadores y como consecuencia de la crisis sanitaria”.
Así, piden a la Gerencia del Consorcio que rectifique y ponga en marcha las medidas necesarias para garantizar la seguridad y salud de todo el personal y que las modificaciones realizadas en las condiciones laborales adoptadas por esta administración, se correspondan con la legislación vigente.
El comité de Seguridad y Salud asegura que solicitó a la Gerencia información sobre las medidas tanto de prevención como de intervención llevadas a cabo para hacer frente a la pandemia. “Apelando al derecho a la protección eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo, conforme se establece la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de Riesgos Laborales en los Art. 14 y 15, se solicitó como medidas preventivas la realización de la prueba diagnóstica PCR para la detección de posibles portadores y que se dote de los equipos de protección individual (EPI).”
Al no haber realizado dicha prueba, los integrantes de la plantilla CEIS desconocen si son o no portadores del virus, lo que supone riesgo para su salud y riesgo de transmisión de la enfermedad al resto de trabajadores o a los ciudadanos a los que prestan su servicio.
"A día de hoy aún seguimos sin disponer de máscaras tipo ffp2, y seguimos sin participar en labores de desinfección de locales públicos o de interés, como se está haciendo en otras comunidades", añaden.
Por eso, desde la sección sindical han solicitado una copia del Plan de Contingencia o plan estratégico en el que se contemplen las medidas a llevar a cabo desde la actualidad hasta el fin del estado de alarma. Esta solicitud se hizo con fecha 13 de abril y sigue sin respuesta hasta el momento.
Apelan a que la Comunidad Autónoma establezca un plan de acción para la vuelta a la normalidad en el que se movilicen los recursos del CEIS, para realizar la desinfección de locales públicos o de todos aquellos que necesiten nuestra labor, teniendo en cuenta que se está ante la mayor emergencia nacional de los últimos tiempos.
Con relación a las condiciones laborales modificadas, la Gerencia del Consorcio ha llevado adelante la ‘Resolución 131/2020 de 26 de marzo, relativa a las medidas extraordinarias tomadas como consecuencia de la crisis sanitaria por covid-19, sin que se negocie con los representantes de los trabajadores, donde se establece que los bomberos más antiguos realicen funciones de “cabo en funciones” sin nombramiento en comisión de servicio, sin resolución, sin compensación económica, sin los cursos necesarios de formación en este sentido y sin formación en prevención de los riesgos laborales inherentes al puesto.
Asimismo, explica que se ha modificado el destino de varios funcionarios, enviándolos a otros parques sin existir nombramiento oficial ni resolución, ni compensación por razón del destino, ni dietas de manutención, ni kilometraje.
"A nuestro parecer lo único que se consigue con la medida establecida por esta administración es hacer que se mueva más personal entre parques, facilitando el contagio entre los integrantes de los distintos parques de este consorcio", añaden.
La sección sindical de CSIF en el CEIS también solicita que esta resolución sea puesta en marcha una vez se hayan introducido las modificaciones necesarias como el nombramiento por resolución firmada en comisión de servicio del cambio de destino del personal que ha sido afectado por esta decisión; el pasaporte y las dietas correspondientes; el nombramiento en comisión de servicio para el cargo de Cabo Bombero Especialista en Funciones del personal que tiene que realizar esta función, o la cantidad económica que corresponde para retribuir dicho nombramiento.
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