Sucesos

El TSJRM confirma la sentencia de “El Orejas” por el doble crimen de Caravaca de la Cruz

En su recurso, el acusado alegó la presunción de inocencia y dijo que cometió los hechos en legítima defensa

Audiencia Provincial de Murcia
Audiencia Provincial de Murcialarazon

El Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJRM) ha confirmado la sentencia que condenó a penas que sumaban 34 años de prisión a un vecino de Caravaca de la Cruz, Juan Álvarez, más conocido por El Orejas, por el asesinato de otro y de su pareja sentimental, hechos ocurridos en abril de 2016 en un pareja rural de ese municipio murciano.

La sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, desestima igualmente los recursos presentados por el dueño de la escopeta utilizada en el crimen y su hermano, que fueron condenados, respectivamente, a cuatro y dos años de cárcel por los delitos de encubrimiento y tenencia ilícita de armas.

En su recurso, El Orejas alegó la presunción de inocencia y que cometió los hechos en legítima defensa, ya que se encontraba presionado por la víctima, J.N., un pastor que lo responsabilizaba de la sustracción del dinero que había cobrado por la venta de unos borregos.

La Sala de lo Civil y Penal del TSJRM, al rechazar su apelación, dice que el jurado popular que juzgó los hechos consideró probado que actuó movido por un miedo insuperable, lo que permitió al presidente del mismo aplicar esa circunstancia como eximente incompleta.

Y añade que no está probado que la actuación del fallecido pusiera en riesgo su vida, por lo que la legítima defensa, que habría supuesto su absolución, no es posible aplicarla.

El relato de hechos probados señalaba que las relaciones entre el condenado por asesinato y la víctima habían sido de gran amistad hasta que esta se tornó en tensión y suspicacias desde que surgió el asunto de la sustracción del dinero, lo que motivó la presentación de denuncias mutuas.

En ese ambiente de hostilidad, El Orejas convocó a J.N. en un bar de Caravaca de la Cruz, pero aquel no acudió a la cita, ya que lo que hizo fue desplazarse con la escopeta hasta la casa rural donde vivía este, en el paraje conocido por Rincón de la Guitarra.

Al llegar J.N. al lugar, junto con su pareja, el acusado efectuó un disparo a corta distancia contra el mismo y, después, otro contra su pareja, falleciendo ambos a los pocos momentos por las gravísimas lesiones sufridas.

Los hermanos igualmente condenados recurrieron también la sentencia defendiendo la presunción de inocencia, pero el TSJRM tampoco ha estimado su apelación.

La Sala acuerda completar la sentencia recurrida para incluir el comiso de la escopeta utilizada en el doble asesinato y de dos pistolas que fueron igualmente halladas en la vivienda donde residían los hermanos. La sentencia es susceptible de ser recurrida ante el Tribunal Supremo.