Ocio regulado

Se endurecen las sanciones a los salones de juego en Murcia: multas de hasta 30.000 euros por incumplir horarios

Un nuevo decreto-ley incrementa el control en los locales de ocio y contempla sanciones más graves para los salones de juego que para el resto de establecimientos

Un salón de juegos en Madrid
Un salón de juegos larazon

La Región de Murcia endurecerá las sanciones a los locales y establecimientos públicos y recreativos a través de un nuevo decreto-ley de medidas urgentes con el que se prevé regularizar de forma más estricta el cumplimiento de la ordenanza regional y municipal. Según ha informado este jueves el consejero de Presidencia y portavoz del Ejecutivo murciano, Marcos Ortuño, se incide en las sanciones a los salones de juego y locales de apuestas, cuya novedad es que el incumplimiento del horario de apertura o cierre pasará de ser "leve" a "grave", aumentando así el tipo de sanción o multa que se imponga. En este sentido, según el régimen de multas establecido, las infracciones graves tendrán una sanción económica que puede variar de 2.001 a 30.000 euros. Mientras tanto, para el resto de establecimientos públicos la apertura o el cierre fuera del horario establecido o autorizado mantiene la consideración como falta leve.

Además de ello, el decreto-ley indica que podrá imponerse la suspensión temporal de las licencias o autorizaciones o permisos, hasta un año en caso de infracciones graves y hasta tres años en casos de infracciones muy graves, así como la clausura de locales o establecimientos, hasta un año en caso de las graves y hasta tres años en casos de infracciones muy graves.

Según la norma, la comisión de una infracción muy grave se sancionará con multa de 30.001 a 500.00 euros (hasta ahora la cuantía máxima eran 300.000 euros); y las leves, de 300 a 2.000 euros.

Ortuño ha indicado que se trata de la tercera vez que se aprueba este decreto-ley para regular esta materia. El primero fue en 2019 y posteriormente en 2022, que no fue validado en la Asamblea Regional. Ahora, el decreto-ley unifica en un solo texto el régimen sancionador en cuanto a horarios, admisión, aforos y control de accesos, algo que ya estaba regulado en distintas disposiciones normativas, y que ahora se unifican bajo un mismo decreto.

"No supone ninguna modificación de la labor inspectora y de control de los Ayuntamiento, a quienes pertenece las competencias", ha matizado el portavoz, quien también ha detallado que se endurecen los criterios para llevar a cabo festejos de forma extraordinaria, como lo es Nochevieja.

"Se establece un régimen sancionado para casos de eventos extraordinarios como conciertos en locales que no disponen de licencia para ello, pruebas ciclistas o de automóviles que discurren fuera de cascos urbanos; así como también para celebraciones de tipo lúdico o de ocio que atraen un gran número de personas en espacios en principio no destinados a ese uso, como las carpas de fin de año. Se trata de eventos que afectan al descanso vecinal, al medio ambiente y, en especial, a la seguridad de los ciudadanos".

La nueva norma dota a la Comunidad de forma inmediata de un marco legal que aporte seguridad jurídica en la aplicación de las sanciones a comportamientos que pudieran poner en peligro la seguridad de los asistentes a actividades recreativas y espectáculos públicos, y que pueda disuadir la eventual realización de estas conductas de riesgo, dando una respuesta ágil e inmediata que refuerce la seguridad jurídica y proteja los intereses generales de orden público, seguridad pública, protección civil, y salud pública.

El decreto-ley aprobado consta de 18 artículos, que se estructuran en tres títulos, y de una disposición derogatoria y dos disposiciones finales, y deberá ser convalidado por la Asamblea Regional en un plazo de 30 días desde su promulgación.