Opinión
Test europeo sobre la Justicia
Brexit aparte, hay Estados miembros que están dando serios disgustos a la Unión Europea cuyo ordenamiento prevé cómo llamar al orden a los que se apartan de los compromisos europeos. Así Hungría es candidata a que se le suspendan diversos derechos y Polonia ha sido llevada por la Comisión Europea ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea: en ambos casos se les echa en cara unas reformas judiciales contrarias a la independencia judicial.
Conviene no olvidar que la Unión Europea es algo más que libre circulación de bienes, personas o servicios, o que unión monetaria: supone también el compromiso de los Estados miembros para procurar unos valores comunes recogidos en el artículo 2 del Tratado de la Unión, y para su tutela se exige que cada Estado garantice un Poder Judicial independiente. La Justicia no es, por tanto, una parcela dejada a la entera soberanía de cada Estado pues afecta a ese hábitat democrático común que supone la pertenencia a la Unión.
Se echa así en cara a Hungría la reducción de poderes de su Fiscalía, que ha llevado a juicio a decenas de parlamentarios por causas relacionadas con la corrupción: la idea es sustituirla por un órgano dirigido por un funcionario nombrado por el Gobierno. En cuanto a Polonia, la Comisión considera que las reformas promovidas por el partido en el gobierno el PiS, en su inquietante acrónimo, violan el principio de la supremacía del derecho y permitirían que el poder político controlase la Justicia.
La más relevante es que la edad de jubilación de los jueces del Tribunal Supremo pase de los 70 a los 65 años, lo que afectaría al 37,5% de ese tribunal, incluyendo al presidente, que tiene un mandato de seis años; además se prevé ampliar el número total de jueces a 120, con lo que unos dos tercios los nombraría a dedo el PiS. Sirva como precedente que ya el Tribunal europeo anuló una medida parecida en Hungría, que acató la sentencia pero se limitó a indemnizar a los jueces.
Además en el caso polaco la reforma del Consejo Nacional de la Judicatura llevaría a que quede bajo «la excesiva influencia legislativa» en cuanto al nombramiento de sus miembros, según el Grupo de Estados contra la Corrupción (Greco) del Consejo de Europa, que recomendó que al menos la mitad de ellos sean elegidos por los jueces y no por el Parlamento. Otros aspectos pasan por los «excesivos poderes discrecionales» del Ministerio de Justicia como es la «asignación arbitraria de casos», poder este que se acentúa con la reforma de la Ley de la Oficina del Fiscal general.
El Tratado de la Unión Europea es de 1992 y antes, en 1985, España aprobó la vigente Ley Orgánica del Poder Judicial. Se rebajó la edad de jubilación a los 65 años de todos los jueces, lo que llevó a jubilar al 70% del Tribunal Supremo; correlativamente se amplió el número de jueces y se introdujeron medios distintos de las oposiciones para ser juez; los partidos políticos pasaron a elegir por entero al Consejo General del Poder Judicial; se creó la figura del «magistrado autonómico», es decir, propuesto por los parlamentos autonómicos y los medios para la Justicia los otorgan por entero los gobiernos, central o autonómicos. Me pregunto, ¿habría pasado hoy esa perviviente reforma judicial el test de calidad democrática que exige la Unión Europea?.
El fruto de esa reforma es que desde 1985 es moneda corriente dudar de la independencia del Poder Judicial, con desprestigio de una Justicia que no levanta el vuelo en la estima ciudadana pese a todos los servicios prestados y que presta. Admito que una cosa son los postulados teóricos de ese test europeo y otra la realidad, pero visto lo que exige la Unión Europea no vendría mal que hiciésemos una seria reflexión sobre él y obrar en consecuencia, al menos para que confíe en la Justicia, no seguir dando bazas a los enemigos del Estado, zanjar equívocos y que no nos saquen los colores. Y tampoco vendría mal que la Unión Europea aclarase si tiene diversas varas de medir según el color político de quien reforme la Justicia en cada Estado.
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