Opinión

Agredir o abusar

Las palabras son muy precisas. Y por eso conviene elegirlas bien. Sin embargo, las que se refieren a asuntos sexuales y se recogen en el Código Penal vigente pueden generar no solo confusión, sino también una profunda injusticia. Que los actos de la «manada» de Manresa se consideren «abuso sexual» duele, pero además indigna. ¿De verdad alguien cree que un ataque sexual, grupal, a una niña de 14 años puede producirse sin «ningún tipo de violencia o intimidación»? Es cierto que el estado de embriaguez de la víctima pudo llevarla a «perder totalmente la conciencia de lo que sucedía y de lo que hacía» pero, violar en grupo a una chica ebria ¿no es un acto de violencia e intimidación en sí mismo? Es verdad. No les hizo falta pegarle. En las condiciones en las que estaba, la chica no podía reaccionar a todas las prácticas «extremadamente intensas y especialmente denigrantes» a las que la sometieron. Pero ¿es posible que tras cinco penetraciones seguidas, de distintos hombres, además de varias felaciones, alguien pueda pensar que no es un acto de «agresión sexual»? No es una violación. Son muchas y terribles violaciones a la misma persona. Y las violaciones son actos violentos e intimidatorios aunque quien los sufra no pueda ofrecer resistencia, por alcohol, drogas, miedo o desconocimiento. Si con el Código en la mano cabe otra interpretación o incluso solo se puede concluir que fue «abuso sexual», está muy claro que hay que cambiarlo y que urge hacerlo. Son demasiadas las «manadas» que circulan por nuestra sociedad y es preciso que, aunque emborrachen o droguen a sus víctimas y no se puedan defender, su delito se juzgue con la máxima dureza.