La validez jurídica de un estado de alarma de seis meses resulta harto dudosa. A la postre, la Constitución establece un plazo máximo para el estado de excepción de 30 días prorrogables por otros 30 (a lo sumo), de manera que casaría claramente mal con el espíritu de la Carta Magna el que un estado de alarma, aprobado para situaciones...
¿Quieres leer más?
Has accedido a un contenido premium de La Razón. Suscríbete a Younews y tendrás acceso ilimitado a las mejores opiniones, análisis y otros contenidos exclusivos. Una suscripción que va más allá de las noticias, y para que lo pruebes te regalamos un mes gratis.
Has accedido a un contenido premium de La Razón. Te regalamos 10 contenidos gratis para que pruebes.
Tienes artículos disponibles
Inicia sesión si ya eres suscriptor