César Lumbreras
El artículo 4
La Unión Europa (UE) «respetará las funciones esenciales del Estado, especialmente las que tienen por objeto garantizar su integridad territorial, mantener el orden público y salvaguardar la seguridad nacional. En particular, la seguridad nacional seguirá siendo responsabilidad exclusiva de cada Estado miembro». Esto es lo que se dice en el punto 2 del artículo 4 del Tratado de la UE. En el punto 3 del mismo artículo se indica que «conforme al principio de cooperación leal, la Unión y los Estados miembros se respetarán y asistirán mutuamente en el cumplimiento de las misiones derivadas de los Tratados». Durante los últimos meses, especialmente desde el verano para acá se han utilizado como armas arrojadizas en el debate sobre la independencia de Cataluña muchos artículos de la Constitución, el más famoso el 155, y también del Tratado de la UE, especialmente el 2, pero se ha prestado muy poca atención al 4, transcrito parcialmente más arriba. Con este texto en la mano, la cosas están muy claras y la actuación de la propia UE y de sus Estados miembros también. Especialmente significativa es la frase que, insisto, señala que la UE «respetará las funciones esenciales del Estado, especialmente las que tienen por objeto garantizar su integridad territorial». Además del Tratado, los dirigentes de la UE se han hartado de decir, la última vez ayer, que se debe respetar la legalidad vigente, que, en el caso de España, es la Constitución, que las autoridades de Cataluña se han saltado a la torera una y otra vez durante los últimos meses. Lo mismo han hecho con su propio Estatuto de Autonomía y con el reglamento de su Parlamento, según han puesto de manifiesto una y otra vez los propios letrados de la cámara. Supongo que visto lo sucedido ayer no sirve de mucho recordar lo establecido en el Tratado de la UE ni repetir lo relativo a la Constitución y a su Estatuto, pero tampoco está de más insistir en ello, aunque no hay peor ciego que el que no quiere ver.
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