Enrique López
Evitar lo inevitable
Las reglas que nos dimos los españoles, incluidos los residentes en Cataluña, se basan en una realidad constitucional, jurídica e histórica, y es que el Estado autonómico se asienta en el principio fundamental de que nuestra Constitución hace residir la soberanía nacional en el pueblo español (art. 1.2 CE), de manera que aquélla no es el resultado de un pacto entre instancias territoriales históricas que conserven unos derechos anteriores a la Constitución y superiores a ella, sino una norma del poder constituyente que se impone con fuerza vinculante general en su ámbito, sin que queden fuera de ella situaciones históricas anteriores-STC 42/2014-; esta misma resolución expresa que el «derecho a decidir de los ciudadanos de Cataluña» es una aspiración política a la que solo puede llegarse mediante un proceso ajustado a la legalidad con respeto a los principios de «legitimidad democrática», «pluralismo», y «legalidad», en definitiva, España será lo que decida la inmensa mayoría de los españoles. Esto no lo aceptan los políticos independentistas y pretenden subvertir el marco constitucional convocando un referéndum ilegal. Como asegura el grupo de juristas catalanes cuya valentía hay que apreciar, el debate político debe recuperar el rigor jurídico perdido y debe desarrollarse en el marco del necesario respeto a las leyes y a los tribunales. Estas apelaciones frente a aquél que de forma obstinada adelanta que no va a cumplir ni lo uno ni lo otro, deben de servir como último esfuerzo para evitar las consecuencias legales que va a provocar el incumplimiento del Estado de Derecho. Existes dos concepciones sobre el poder soberano, una fáctica y otra normativa; la primera permitiría una preeminencia del principio democrático sobre el principio del Estado de derecho, la segunda exige el entrelazamiento entre ambos principios; la concepción fáctica que arranca de Hobbes –Homo homini lupus– está superada, no cabe otra concepción más que el sometimiento del propio poder soberano al Estado de derecho. Ante esta situación, la huida hacia delante de los responsables del proceso de independencia solo podría enmarcarse en la búsqueda de un enfrentamiento con el Estado, para forzarlo a ejercer los instrumentos que la Constitución le confiere, generando una suerte de victimización ante la comunidad internacional. Pero, en cualquier caso, pase lo que pase, no hay margen de maniobra, un grave atentado al interés general de España obliga al Gobierno a activar el mecanismo constitucional previsto en el art. 155 CE, dándose la paradoja de que los transgresores de una norma pretenderían forzar el despliegue de las consecuencias legales de tal transgresión. Cuando se está del lado del Estado de derecho y del interés de España, se está del lado de la razón, aunque se dé lugar a lo que nadie racional quiere que ocurra, pero que algunos lo habrán convertido en inevitable.
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