Tribuna

Los dos juramentos de la Princesa de Asturias

En el juramento se deduce que la autoridad de los Jefes Militares procede del Rey, así como su ejercicio de las Reales Ordenanzas y de la Ley de la Carrera Militar, lo que determina que la Lealtad se sitúa en SM el Rey, y la Disciplina, la que viene de dentro, la que se asume y no se impone, en la Constitución

La princesa de Asturias, Doña Leonor, cumplirá dieciocho años el 31 de octubre y según el articulo 61.2 de la Constitución deberá prestar juramento en sesión plenaria y conjunta del Congreso y Senado. El solemne juramento ante los representantes de la soberanía nacional, según el citado artículo, establece que «deberá desempeñar fielmente sus funciones, guardar y hacer guardar la Constitución y las leyes, respetar los derechos de los ciudadanos y de las comunidades autónomas, con fidelidad al Rey».

El juramento es el mismo que formuló Felipe VI ante las Cortes Generales al ser proclamado Rey, con el añadido de la fidelidad al Rey, y cita expresamente la obligación ineludible de desempeñar fielmente sus funciones, fidelidad a la Constitución naturalmente.

El artículo 56 de la Constitución determina las funciones del Rey, la principal que es el Jefe del Estado, y por ello es el símbolo de su «unidad y permanencia». En sus cometidos arbitra y modera el funcionamiento de las instituciones y en cuanto a las relaciones internacionales asume la mas alta representación del Estado y ejerce las funciones que establezca además la Constitución y las leyes.

En ese sentido el articulo 62 establece, entre otras cosas, que el Rey ejerce el Mando Supremo de las Fuerzas Armadas y que puede convocar y disolver las Cortes Generales y convocar elecciones en los términos previstos en la Constitución. Convocar a referéndum en los casos previstos en la misma y proponer el candidato a Presidente del Gobierno y, en su caso, nombrarlo, así como poner fin a sus funciones, cesarlo, en los términos previstos en la Constitución.

En cuanto a la investidura el artículo 99 indica que si transcurrido el plazo de dos meses, a partir de la primera votación de investidura, ningún candidato hubiere obtenido la confianza del Congreso, el Rey disolverá ambas Cámaras y convocará nuevas elecciones con el refrendo del Presidente del Congreso. Inicialmente, el segundo candidato que ha propuesto el Rey no tiene todos los apoyos requeridos, a pesar de las declaraciones, «facta non verba» dicen los latinos.

Por consiguiente el Rey ha querido seguir el proceso y esperar a que el segundo candidato confirme o no sus apoyos durante el debate, y en su caso, disolverá las Cortes Generales y convocará elecciones. A pesar de todo lo que se dice es un escenario que puede producirse ya que el juramento del Rey y el próximo de la Princesa de Asturias obliga a guardar y hacer guardar la Constitución y el principal derecho de los ciudadanos, es decir, el «derecho a la soberanía nacional» que descansa en todos y cada uno de los ciudadanos.

En definitiva, tenemos un mes impactante, con el día 12 y la Fiesta Nacional, y tras el 1 y el 8 de octubre, donde se ha manifestado la gran disparidad y enfrentamiento que muestra la sociedad catalana, vendrá el juramento de la Princesa ante las Cortes Generales, veremos lo que pasa, sin olvidar el Juramento a la nación española ante su símbolo, la Bandera Nacional, realizado solemnemente el día 7 de octubre en la Academia General Militar.

Los que parecen socios del presidente en funciones y candidato a la investidura tienen que estar nerviosos al ver jurar el día 7 a la heredera de la Corona ante la Nación Española junto a futuros oficiales del Ejército de Tierra, pero van a entrar en crisis el 31 de octubre en las Cortes, acto al que no van a asistir escenificando la separación entre los nacionalistas, independentistas y secesionistas del resto del Estado, rotura de la nación española, que la heredera igual que su padre el Rey tienen como obligación inexcusable mantener unida.

En esta caída libre del Estado que se escenificará el 31 de octubre, se precisa un paracaídas de emergencia, porque el principal parece no estar bien plegado. De momento el Estado se mueve sin rumbo fijo, a bandazos, con peligro de entrar en bajíos y el Jefe del Estado, cuyos actos deben ser refrendados por el Gobierno o Presidente del Congreso, con pocas opciones.

La princesa de Asturias juró el 7 de octubre ante el símbolo de la Nación Española, la Bandera, «cumplir fielmente con las obligaciones militares, guardar y hacer guardar la Constitución como norma fundamental del Estado, obedecer y respetar al Rey y a vuestros jefes, no abandonarlos nunca y, si preciso fuera, entregar vuestra vida en defensa de España». Según expresó el Rey, «no hay un compromiso de entrega mayor».

En el juramento se deduce que la autoridad de los Jefes Militares procede del Rey, así como su ejercicio de las Reales Ordenanzas y de la Ley de la Carrera Militar, lo que determina que la Lealtad se sitúa en SM el Rey, y la Disciplina, la que viene de dentro, la que se asume y no se impone, en la Constitución. Creo que mucho tienen que reflexionar algunos antes de lanzarse en caída libre al vacío, sin paracaídas.