Ayuntamiento de Madrid
Intolerable actitud de Carmena
No es la primera vez, ni seguramente será la última, que la extrema izquierda podemita utiliza las viejas técnicas de la propaganda denigratoria del adversario político como eje de su campaña electoral, pero sí lo es que una institución pública, como es el Ayuntamiento de Madrid, al que se supone la representatividad de todos los ciudadanos y no sólo de los que votan a un partido determinado, se salta tanto sus propias ordenanzas sobre publicidad exterior como la normativa electoral vigente para convertirse en cómplice de una actuación políticamente deplorable, que entra de lleno en la difamación y la calumnia de personas que ni han sido condenadas judicialmente ni se encuentran en procedimiento penal alguno, cuyos nombres se mezclan infamantemente con delincuentes convictos y confesos, sobre los que pesan largas penas de prisión. Y todo ello, apoyado sobre una muestra documental dudosa, no validada por tribunal alguno y que fue utilizada a fines de extorsión por uno de los reos de la Gürtel. Por supuesto, y tratándose de una formación como Podemos, de ideología comunista y prácticas acordes con una ideología poco proclive a la verdad, no vamos a caer en el angelismo de reclamar el juego limpio que se presupone a quienes participan de la vida pública en una democracia ejemplar como es la española, en la que se respeta irrestrictamente el principio de la pluralidad política y están garantizados los derechos de expresión y libre opinión. Pero sí tenemos la obligación de exigir a los poderes públicos y, en su defecto, a los tribunales de Justicia, el máximo cumplimiento de las reglas que rigen la exhibición de la propaganda partidaria en los períodos de campaña electoral y, sobre todo, el respeto a la neutralidad de los edificios y espacios institucionales. De la misma manera que la Junta Electoral Central determinó la retirada de los lazos amarillos y de las pancartas separatistas de los edificios de la Generalitat, la Junta Electoral de Zona de Madrid debe sancionar con la mayor contundencia a los responsables directos de esa proyección denigratoria, efectuada sobre la fachada de la Casa de la Panadería, en la Plaza Mayor capitalina, y a aquellos funcionarios municipales y representantes del Consistorio que permitieron tal actuación. Porque no sólo se transgredió la ordenanza sobre publicidad exterior, que impide que los edificios protegidos se utilicen como soportes propagandísticos, sino, también, los artículos 53 y 55 de la Ley de Régimen Electoral, sobre el calendario de las campañas y la prohibición de ceder esos mismos espacios públicos para distribuir o exhibir publicidad política. Pero lo que no es de recibo es que, ahora, cuando el mal está hecho, la alcaldesa de Madrid, Manuela Carmena, que llegó al cargo aupada por el mismo partido autor de la tropelía, se excuse en el desconocimiento del contenido del vídeo y descargue responsabilidades en sus subordinados. Ya señalábamos al principio de esta nota editorial que la irrupción en la vida pública española de Podemos, esos supuestos adalides de la nueva política, nos ha traído las peores mañas en la pugna partidista, esas que buscan la estigmatización del adversario como sujeto de todas las maldades, hasta el punto de dejar lo del «doberman» de los socialistas en un desahogo infantil. Será, en último término, la ciudadanía la que rechace con su voto este tipo de comportamientos que sólo buscan la crispación y el enfrentamiento social. Pero, en cualquier caso, la Junta Electoral está obligada a impedir que las campañas electorales degeneren en la infamante calumnia.
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