Caso Gürtel
Por una justicia sin espectáculo
La obligación de que Mariano Rajoy declare presencialmente en la Audiencia Nacional por el caso Gürtel nos parece innecesaria e improcedente porque no servirá para aclarar la investigación. Además de que sobredimensiona la figura del testigo y, en tanto que presidente del Gobierno, distorsiona el sentido jurídico de la cita y lo lleva hasta su terreno más político. El tribunal que juzga la primera época de Gürtel (1999-2005) ha rechazado la posibilidad de declarar a través de videoconferencia, sistema normalizado en el que nada impedía que Rajoy se pudiese acoger. El auto cuenta con el voto en contra del presidente del tribunal, Ángel Hurtado, aunque no fue suficiente para desequilibrar la posición de los otros dos otros miembros de la Sala, el ponente Julio de Diego y José Ricardo de Prada. No se han tenido en cuenta las alegaciones presentadas desde La Moncloa de que la videoconferencia, además de no desvirtuar el motivo mismo de su uso, es decir, el esclarecimiento de los hechos, «constituye el medio más adecuado teniendo en cuenta que la intensa actividad del presidente del Gobierno, con numerosos actos y reuniones previstas tanto dentro como fuera de España». El auto no se sostiene, pues tras aceptar que el método de la videoconferencia «entre en el examen presencial de los testigos/peritos y su interrogatorio», argumenta que «en el actual estado de cosas, el entendimiento histórico-convencional del principio de inmediación sigue siendo un valor que preservar». El razonamiento no es muy consistente, toda vez que Rajoy ni está acusado, ni investigado y sólo es llamado como testigo. De hecho, llamarle como testigo ya arrojó muchas dudas porque los magistrados rechazaron en dos ocasiones citar a Rajoy, aunque el pasado 18 de abril dieron la razón a las acusaciones populares frente al criterio de la Fiscalía Anticorrupción, que consideró que la testificación del jefe del Ejecutivo no era «ni útil ni necesaria», pues ya se había aceptado la presencia de otros dirigentes del PP que tenían responsabilidades en el periodo investigado. Desde estas mismas páginas llamamos entonces la atención sobre lo aleatorio de la decisión, pues nada había cambiado en la instrucción y en las pruebas para cambiar de criterio y llegar, como ha sucedido, a la declaración presencial y no por videoconferencia. Es decir, de ni ser llamado como testigo, Rajoy lo acabará haciendo en la propia Sala. Es un salto que debería ser explicado. Haciendo un repaso a otros casos judiciales en los que sí se han aceptado la declaración por videoconferencia, no deja de ser llamativo que en el caso del presidente del Gobierno no se haya aplicado. Cuando el cerco al Parlament de Cataluña de marzo de 2014, tanto el entonces presidente Artur Mas como 33 parlamentarios pudieron declarar no presencialmente. El tribunal dijo entonces que «hay razones de utilidad, relacionadas con su cargo y con las responsabilidades que desempeñan». Incluso el juez Julio de Diego, ahora en el caso Gürtel, permitió que en el caso de las «herriko tabernas» algunos acusados declararan por vídeo. A pesar de que el auto especifica que Rajoy «no comparece como presidente del Gobierno, sino como ciudadano español», por las reacciones políticas que han envuelto este caso es inevitable que para muchos se trata de una operación perfecta de desgaste político fuera del ámbito parlamentario. El presidente de Sala, apuntó en su voto en contra que «su condición institucional no solo no debió ser obviada, sino que era razón suficiente como para acudir al mecanismo de la videoconferencia», lo que compartimos. La tentación de embarrar el terreno de juego político está al alcance de todos. Esperemos que la declaración de Rajoy el próximo 26 de julio no se convierta en el degradante espectáculo político que buscan algunos.
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