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«Procés»: las penas se cumplirán

Que los dirigentes del proceso independentista catalán se alzaron pública y violentamente para declarar la independencia de una parte del territorio nacional, es decir, que incurrieron en un delito de rebelión tipificado en el artículo 472 del Código Penal, ha quedado acreditado para la Fiscalía a lo largo de la vista oral que se está celebrando en el Tribunal Supremo. En consecuencia, el Ministerio Público va a elevar a definitivas sus conclusiones y pedirá que se condene a Oriol Junqueras como cabecilla a 25 años de prisión, sin posibilidad de acceder al tercer grado penitenciario hasta que haya cumplido la mitad de la sentencia.

El matiz, que también afecta al resto de los procesados, expresa la preocupación de los fiscales por la actitud levantisca de la Generalitat, que, como en el caso de Oriol Pujol, podría utilizar sus competencias en materia penitenciaria para que los condenados, en caso de serlo, eludieran la cárcel por medio de una progresión rápida de grado. Que la Fiscalía tenga que reclamar este tipo de medidas precautorias para que se cumpla efectivamente una sentencia judicial demuestra hasta qué punto asistimos en Cataluña a un proceso rebelde, promovido desde las propias instituciones.